

Secciones
Servicios
Destacamos
El Ayuntamiento de Santander tiene un mes para cambiar la denominación de dieciséis calles franquistas y la alcaldesa, Gema Igual, considera que puede resultar «incómodo» para los vecinos ... por la tramitación que conlleva ese nuevo nombre en la placa de su calle. Pero, ¿cuáles son realmente las gestiones que tiene que llevar a cabo cada vecino? Será el Consistorio quien dé aviso a los vecinos del cambio en el padrón y, a partir de ahí, serán los habitantes de las diferentes zonas quienes deban encargarse de cambiar su documentación y trasladar su nueva dirección a sus seguros y a las que empresas que les ofrecen los suministros. Sin embargo, no es obligatorio realizar estas tareas inmediatamente y muchas pueden hacerse de forma telefónica o telemática.
En lo que respecta a la documentación (el DNI y el carné de conducir), no es necesario renovarlo antes de que caduque, aunque sí es recomendable. Los vecinos pueden esperar a que llegue el momento de renovar el documento para aprovechar y modificar la dirección o hacerlo en cuanto se produzca el cambio de nombre del vial. Si deciden hacerlo antes de la caducidad del documento, y por tratarse de una modificación que no depende de esa persona sino de la Administración, el nuevo carné se expenderá de forma gratuita.
Padrón Será responsabilidad del Ayuntamiento comunicar a organismos y vecinos la modificación de las calles.
DNI y carné de conducir No es obligatorio cambiarlo hasta que el documento caduque. Si se hace antes, será gratuito.
Escrituras No será necesario modificarlas hasta que la vivienda no se transfiera a otra persona. En ese momento, el cambio no tendrá coste notarial. Las sociedades sí tendrán que realizar una escritura de modificación e inscripción en el Registro Mercantil.
Seguro del hogar y el coche No requiere modificación inmediata y puede realizarse a través del número gratuito de atención al cliente de cada empresa o en sus oficinas.
Suministro de luz y gas Debe realizarse a través del número de atención al cliente de cada empresa o en sus oficinas. Tampoco es obligatorio hacerlo desde que cambia la calle.
Pagos municipales «Las cartas de pago se elaboran a partir del padrón, por lo que los vecinos no tienen que hacer nada», apunta el Ayuntamiento.
En cuanto a las escrituras de la vivienda, no es necesario realizar ningún cambio. Como explican desde el Consejo General del Notariado, «no es necesario, ni siquiera tendría sentido, modificar el nombre de la calle en la escritura de propiedad, pues todos los demás datos de la finca siguen siendo los mismos sin que exista una escritura específica para ese fin». Sí habría que ejecutar el cambio cuando dicha vivienda se vaya a transferir o vaya a verse afectada de alguna forma (compraventa, herencia, declaración de obra...), «pero siempre que dicho cambio ya conste en el Catastro, pues si no fuera así no se admitiría por el Registro de la Propiedad». En esos casos, se actualizará la ubicación, el nombre de la calle y el número, «sin que ello suponga ningún coste notarial para el ciudadano». Es diferente en el caso de las sociedades que estén domiciliadas en esas calles: «Si tuvieran necesidad de modificar el domicilio social, sí implicaría una escritura de modificación de estatutos e inscripción correspondiente en el Registro Mercantil», apunta el Notariado.
En cuanto a los seguros del hogar, el coche y los suministros contratados, el procedimiento es similar. Todas las empresas que ofrecen estos servicios tienen un número de atención al cliente gratuito que comienza por un 900. A través de ese teléfono, pueden trasladar a las empresas que su calle ha cambiado de nombre y que quieren modificarlo en sus contratos. Pero tampoco este trámite es obligatorio, más allá de la necesidad de que la empresa que gestiona el seguro del hogar sepa dónde tiene que ir en caso de siniestro. Las cartas seguirán llegando a su destino aunque este tenga otro nombre, ya que los carteros seguirán tirando del antiguo callejero cuando sea necesario. Al menos, al principio.
En cuanto a los pagos municipales (IBI, tasas u otros impuestos), «los vecinos no tienen que hacer nada porque las cartas de pago se elaboran a partir de la base de datos del padrón», apuntan fuentes municipales.
Para las empresas que estén presentes en las dieciséis calles que se van a renombrar, sí será recomendable que cambien las tarjetas de visita, rótulos del local y vehículos, la dirección que aparece en internet o cualquier espacio en el que figure la dirección antigua. Esto no es una tramitación obligatoria, sino necesaria para que los clientes -sobre todo, los nuevos- puedan encontrar el local o el piso donde se ubican.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Descubre la fruta con melatonina que te ayudará a dormir mejor
El Diario Vasco
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.