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La titular del Juzgado de lo Penal Nº1 de Santander, Susana Bello, ha condenado a tres años y medio de cárcel a dos hombres que ... transportaban en un camión de mudanzas un alijo de 283 kilos marihuana, que fue interceptada en el puerto de Santander cuando se dirigía a Inglaterra. La jueza también condena a un tercer hombre, que cargó la droga en el vehículo, a tres años de cárcel. A los tres individuos, de nacionalidad inglesa, también se les condena al pago de una multa de 500.000 euros (el valor de la droga aprehendida) como autores de un delito contra la salud pública en concurso con otro de contrabando. Por contra, absuelve a una mujer que también estaba acusada en este procedimiento al considerar que no estaba implicada en los hechos.
Fue el 21 de julio de 2021, cuando los funcionarios de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria en Cantabria y País Vasco, y efectivos de la Guardia Civil de Cantabria procedieron a la detención de dos de los condenados, el conductor y el copiloto del camión. Los investigadores sospecharon del citado camión que iba a embarcar en el ferry que une Santander con Reino Unido. Tras proceder a la comprobación de la carga del camión, con ayuda de una furgoneta de Vigilancia Aduanera dotada de medios radiológicos de inspección conocida como Medusai, los funcionarios hallaron un total de dieciséis bultos en cuyo interior fueron aprehendidos 251 paquetes con cogollos de marihuana, en cajas de diferentes tamaños, que pesaban 283 kilos.
La droga estaba camuflada entre enseres personales, oculta en cajas de cartón, situadas en la par te delantera del camión, inaccesible en un primer momento a los investigadores y los perros antidroga. Sin embargo, tras abrir el camión, la droga desprendía un fuerte olor que alertó a los funcionarios.
Según recoge la sentencia, los dos detenidos eran socios de una empresa que en ese momento estaba realizando un transporte desde Málaga hasta Reino Unido por el puerto de Santander. Los dos habían concertado con el tercer condenado, titular de una empresa de Nerja (Málaga), el transporte de las mencionadas cajas junto a otros paquetes y cajas embalados y referenciados en sus respectivos albaranes, «sin que el correspondiente a las cajas donde se encontró la droga se hubiera referenciado la mercancía, ni pasaporte, fecha ni demás datos requeridos y referenciados en el resto de mercancía transportada».
La magistrada absuelve a la mujer acusada porque en esa fecha no tenía ninguna vinculación con el titular de la empresa malagueña, aunque le ayudaba puntualmente.
Durante la celebración del juicio, en el que la Fiscalía solicitaba cuatro años de cárcel para los acusados, los cuatro procesados se atribuyeron unos a otros la autoría de los hechos.
Mientras que el conductor y el copiloto reconocieron que cargaron las cajas pero desconocían su contenido, el titular de la empresa de Málaga y su ayudante negaron conocer el contenido de las cajas e incluso haberlas cargado en el camión. Sin embargo, para la jueza ha quedado acreditado que los tres varones acordaron el transporte de la referencia sustancia desde Málaga a Reino Unido, «pretendiendo eludir para ello los controles fronterizos y policiales».
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