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La Fiscalía General del Estado ha dictado una directriz por la que pedirá a los jueces que limiten al máximo los regímenes de visitas en los casos de violencia de género mientras dure en España la situación del estado de alarma por la crisis sanitaria ... del coronavirus, que no se levantará antes del próximo 11 de abril según las previsiones del Gobierno.
La nota de la Fiscalía pretende unificar criterios en la actuación de los fiscales de toda España, con unas normas y unas pautas de comportamiento generales a la hora de resolver los problemas o situaciones particulares que ya se están planteando por el establecimiento de la limitación de movimientos por la vía pública y por el cierre de los puntos de encuentro familiares, los lugares neutrales controlados por especialistas donde se realizaba la entrega y recogida de los menores en muchos de los casos bajo investigación de los juzgados de violencia contra la mujer.
La Fiscalía parte de la idea de que la entrega y recogida de menores entre progenitores que así lo tienen establecido por mandato judicial es una de las excepciones por las que el real decreto permite el tránsito de personas por la vía pública. Sin embargo, también deja claro que esa excepción debe interpretarse «de forma restrictiva» y poniendo siempre por delante el interés superior del menor y las medidas que garanticen su salud, por lo que «no debe exponerles innecesariamente a situaciones de contagio».
Con el filtro interpretativo de esta criterio, dicta las propuestas que los fiscales trasladar a los magistrados antes tres situaciones habituales en los juzgados de violencia de género: cuando las entregas y recogidas deben hacerse en puntos de encuentro familiar por haber una prohibición de aproximación vigente a la madre, cuando las visitas del padre solo pueden hacerse supervisadas por los profesionales de estos centros específicos, y cuando el régimen de visitas solo incluye unas horas diarias sin pernocta.
La directriz de la Fiscalía indica que, ante el cierre de los puntos de encuentro, el régimen de visitas de padres con orden de alejamiento solo se mantendrá si ambos progenitores designan «una persona de su confianza» que supla la ausencia de los profesionales y que realice las entregas y recogidas de los menores en los puntos que se establezcan, que bien pueden ser la puerta del propio centro cerrado u otro lugar que garantice la mínima estancia de los menores en la vía pública. Si no es posible designar esta persona de confianza, «los fiscales deberán solicitar la suspensión temporal de las visitas».
El Ministerio Público también pedirá la suspensión temporal de la entrega de los niños en los otros dos supuestos, las visitas supervisadas por profesionales y las visitas limitadas a unas horas al día. En el primer caso, porque ya no se puede ejecutar esta medida pensada para garantizar la seguridad del menor en el contacto con su padre. Y en el segundo, porque «no resulta ni proporcionado ni razonable con la duración de la visita el tiempo de exposición (al virus) del menor en la vía pública». En este tercer supuesto, el Ministerio Público solo «valorará excepciones cuando la visita tuviera una duración de al menos ocho horas y se trate de desplazamientos breves tanto en tiempo como en distancia».
La directriz de la Fiscalía remarca que, conocedora de la restricción de derechos de los padres que propone para garantizar el interés superior de los hijos, sopesará, una vez superada la situación de alerta sanitaria, el solicitar a los jueces «una compensación» para los ahora perjudicados por las limitaciones.
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