Secciones
Servicios
Destacamos
El Tribunal Supremo decidirá este mismo mes de mayo o al máximo a principios de junio si es legal o no que las comunidades autónomas restrinjan derechos fundamentales de los ciudadanos para contener la pandemia y que lo hagan sin el amparo de un ... estado de alarma. El decreto publicado este miércoles en el BOE -y con el que el Gobierno quiere forzar al alto tribunal a crear doctrina sobre esta situación jurídica que nunca antes se había dado en España- incluye unos plazos extremadamente apurados, hasta el punto de que los magistrados de la Sala Tercera tendrán que resolver cualquier recurso en unas dos semanas, un tiempo récord para un tribunal que se mueve en ritmos de meses, cuando no de años.
El decreto que reforma la Ley 29/1998 'reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa' hará, efectivamente, que el Supremo resuelva en «tiempo récord», como prometió el martes la vicepresidenta Carmen Calvo, cualquier veto de los tribunales superiores de justicia a ordenes de los gobiernos autonómicos que restrinjan derechos fundamentales tales como toques de queda; confinamientos perimetrales municipales, provinciales o autonómicos; topes en las reuniones o limitaciones en los lugares de culto.
El primer acelerón en este proceso para resolver de forma exprés los recursos se basa en que las administraciones autonómicas directamente se podrán saltar el hasta ahora requisito indispensable previo de formular un recurso de reposición, una apelación potestativa de revisión que se impone contra los actos que agotan la vía administrativa. Este trámite, que puede demorar meses en resolverse, habitualmente acaba con la confirmación de la resolución y hubiera postergado un dictamen del Supremo probablemente hasta ya acabada la pandemia, según reconocen fuentes judiciales.
Tras este atajo procedimental, el decreto obliga a las comunidades a presentar ante la Sala Tercera su escrito el mismo día que interponen el recurso. No hay anuncio previo como en el trámite ordinario. Al día siguiente, los magistrados tendrán que comunicar al resto de las partes el inicio del procedimiento y tres días después esas mismas partes deberán personarse.
El recurso –insiste el texto- será «turnado de inmediato» a la sección competente que deberá tramitarlo de manera «preferente», al tiempo que dará tres días para que la Fiscalía y las partes «formulen alegaciones». Con toda la documentación sobre la mesa, los magistrados tendrán solo cinco días más para para «fijar doctrina y resolver sobre las cuestiones y pretensiones planteadas».
Pero no solo el acortamiento de los plazos acelerará el proceso. Cualquier parte en esta cuita -siempre que las «circunstancias del caso lo hagan necesario y, en todo caso, cuando la demora en la resolución pueda causar perjuicios irreversibles»- podrá reclamar que «se habiliten los días inhábiles para la tramitación y resolución del recurso de casación». En el supuesto de que el Supremo se niegue a trabajar en festivo, la reforma no prevé un recurso para que el procedimiento no se empantane en esas cuestiones menores.
Más allá de forzar al Supremo a crear doctrina contrarreloj, la reforma aprobada por decreto por el Gobierno de Pedro Sánchez reserva un papel importante al propio Ejecutivo Central y al órgano con el que Moncloa pretende seguir controlando la lucha contra la pandemia: el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. El decreto establece que la Administración General del estado tendrá «legitimación activa» para recurrir los posibles vetos de los tribunales superiores de justicia si las restricciones hubieran sido acordadas como «actuaciones coordinadas» en el seno de ese Interterritorial.
El Gobierno, en la exposición de motivos del decreto, insiste en que esta reforma para obligar al Supremo a fijar doctrina de manera exprés viene provocada por la «diferente interpretación» y las «posturas divergentes» de los superiores a la hora de avalar o vetar en verano y otoño de 2020 (antes del actual estado de alarma) las decisiones de las autonomías de restringir los movimientos de sus ciudadanos a golpe de decreto.
El Ejecutivo insiste en que su decisión de dar «un plazo muy breve de tiempo» al alto tribunal viene motivada por la «situación sanitaria tan grave y extraordinaria» provocada por la pandemia y que haber mantenido los plazos ordinarios hubiera quitado efectividad a las medidas.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.