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El Tribunal Superior avala las licencias de apertura y actividad del karting La Roca

La sentencia acota la legalidad a estas autorizaciones, pero mantiene el precinto sobre las instalaciones que carecen de permisos

C. de la peña

Martes, 17 de mayo 2016, 20:52

El karting La Roca, un circuito situado en Reocín que lleva años en el punto de mira de la justicia, ha obtenido esta semana un respaldo fundamental de los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha avalado la legalidad de la licencia de apertura que concedió en 2012 el Ayuntamiento de Reocín a su propietario, Daniel Sordo, y de la licencia de actividad y apertura de las zonas 1 y 2 de la instalación, expedida por la administración municipal un año después. La decisión de la Sala, que revoca la que dictó el pasado mes de diciembre el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander, es firme, de manera que las instalaciones autorizadas por el Ayuntamiento para que los amantes del motor y la velocidad sobre cuatro ruedas practiquen esta actividad cuentan ya con todos los parabienes.

La sentencia subraya que las instalaciones abiertas, para las que se obtuvieron los permisos preceptivos, cuentan con todos las autorizaciones. Así informó a favor la Confederación Hidrográfica, la Comisión Regional de Urbanismo (Crotu), la autoridad medioambiental, el arquitecto municipal y la secretaria del Ayuntamiento. Todas estas instituciones avalaron la legalidad de las instalaciones. Pero también deja claro el tribunal que su pronunciamiento se refiere únicamente a aquellos elementos que tienen autorización, y que concreta en la nave hangar, aseos portátiles, área de aparcamiento y pistas, y las actividad en la zona 2 y ampliación de la 1.

Frentes abiertos

Los demás frentes judiciales abiertos tendrán que seguir su curso, según establece la Sala, que recuerda que "se mantiene el precinto de todo aquello en que no consta algún tipo de autorización o licencia o éstas se encuentren en trámite". El tribunal concreta además que el procedimiento de revocación de la licencia inicial que dio el Ayuntamiento en el año 2000, que la propia Sala ordenó iniciar, "deberá seguir su curso con las correspondientes consecuencia de llegar a la revocación final".

El juez de instancia había anulado las licencias al considerar que, habiendo instalaciones pendientes de licencia, era necesario un proyecto global. "Estamos ante legalizaciones de obras no autorizadas que exigen una autorización global y proyecto único que permita evaluar la realidad de lo construido, de la actividad y su impacto urbanístico, territorial y medioambiental".

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso, que centra el debate en las instalaciones autorizadas, sostiene que ningún precepto exige un proyecto global y "mucho menos cuando, como en este caso, se ha producido una sucesiva y constante ampliación de la actividad y de las instalaciones".

La sentencia recuerda que el hecho de que otras obras que no son objeto de este procedimientos sean ilegales, o el comportamiento de Daniel Sordo, que "ha ido "legalizando" poco a poco las distintas obras llevadas a cabo", no impide "ni que los proyectos y actividad iniciales puedan ampliarse, ni requieren una suerte de proyecto global, por mucho que éste facilitase este estudio".

El Ayuntamiento y Daniel Sordo han defendido siempre que la actuación administrativa es correcta porque solo se ha autorizado las instalaciones que cuentan con todos los permisos sectoriales, y que el resto se ha precintado. El juez de instancia destacaba en este sentido la existencia de más de 40 expedientes sobre este asunto.

La empresa trabaja en la actualidad para ampliar las instalaciones y transformarlas en un referente nacional e internacional bajo la marca Parque del Motor La Roca.

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