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José Ignacio Arminio
Lunes, 19 de diciembre 2016, 10:51
El polémico proyecto de construcción del primer campo de golf de Torrelavega avanza lentamente en su tramitación. Después de varios meses de informes técnicos y alegaciones, el Ayuntamiento ha decidido trasladar el expediente a la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Crotu), para ... que sea ella quien decida si autoriza o no la referida construcción en suelo rústico (terrenos de la antigua mina de Reocín).
El Consistorio abrió el expedientes a instancias de la Coordinadora Contra el Paro (Coorcopar), que solicitó autorización para la construcción de un campo de golf y una cancha de prácticas en un antiguo dique de la explotación minera, situado en Torres, terreno clasificado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como suelo no urbanizable de protección ordinaria.
Vistas las alegaciones presentadas por la empresa que explotó la mina (AZSA) y un grupo político (ACPT), el expediente tramitado y los informes técnico y jurídico emitidos, el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha considerado que la documentación presentada por Coorcopar «no contiene las determinaciones propias de un proyecto».
Entiende que «las consideraciones de carácter técnico» deberán evaluarse, caso de concederse la autorización por parte de la Crotu, en el trámite de solicitud de licencia de obras y usos del suelo, así como las determinaciones que pudieran proceder en cumplimiento de la Ley de Control Ambiental Integrado.
El Consejo de la Gerencia de Urbanismo también ha acordado impulsar la tramitación del procedimiento de autorización de construcción del campo de golf, según lo establecido en la Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, y en base al interés público o social de la actuación, cuya consideración compete a «la Administración Sectorial correspondiente».
«Interés público o social»
En tercer lugar, el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha decidido remitir el expediente a la Crotu, «órgano competente en la autorización pretendida, debiendo de instar de la Administración Sectorial correspondiente la declaración del interés público o social de la actuación». Por último, el Consejo ha acordado comunicar a Coorcopar que la autorización de la construcción de la instalación deportiva en suelo no urbanizable de protección ordinaria es «preceptiva e independiente» de la licencia municipal de obra, que «deberá de instarse una vez disponga de la citada autorización, presentando solicitud y el correspondiente proyecto».
El Ayuntamiento hizo pública a mediados de septiembre, a través del Boletín Oficial de Cantabria, la solicitud de Coorcopar. La ONG ha justificado ante el Ayuntamiento el proyecto del campo de golf en la necesidad de ayudar a los desempleados. También ha resaltado que la instalación deportiva permitirá la recuperación ambiental y paisajística del terreno.
El Consistorio pidió a Coorcopar en junio que justificase el interés social del proyecto, objeto de diversas denuncias sobre problemas medioambientales y falta de licencias, entre otras. La ONG recordó que el suelo aparece clasificado en el PGOU como no urbanizable, incluido dentro de un ámbito «no delimitado» en el que se incluyen los terrenos de la antigua mina, hoy propiedad del Gobierno de Cantabria y particulares. Coorcopar hizo hincapié en que a pesar de que han pasado 31 años desde la aprobación del PGOU, no se ha realizado ningún Plan Especial de Desarrollo del suelo no urbanizable. Es más, sobre este tipo de terrenos se han construido «diversas infraestructuras». AZSA, la empresa que explotó la mina hasta que se cerró en 2003, ha advertido de que el campo de golf puede interferir en el proceso de inundación del yacimiento. Además, afirma que la estabilidad del terreno debe quedar garantizada.
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