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Jueves, 18 de mayo 2017, 07:09
Daniel Sordo Cayuso, padre del piloto de rally Dani Sordo, ha sido condenado a cinco meses de prisión por un delito de desobediencia, por no acatar la orden de paralización de unas obras ejecutadas sin licencia en su karting, ubicado en la localidad de ... Quijas, en el municipio de Reocín.
La titular del juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel por un plazo de dos años, con la advertencia de que, en caso de que Sordo Cayuso cometiera algún delito durante ese período de tiempo, esa suspensión sería revocada.
Sordo Cayuso ya fue condenado por estos mismos hechos pero mientras estaba imputado siguió desobedeciendo las órdenes de paralización y haciendo obras, por lo que se ha enfrentado a este nuevo proceso judicial.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que cabe recurso, explica que en el año 2007 Sordo Cayuso continuó con unas obras en su karting de Quijas, pese a que el Ayuntamiento de Reocín ordenó su paralización porque no tenía licencia para ellas.
La orden de paralización le fue notificada personalmente a Sordo Cayuso con la advertencia de que podía incurrir en responsabilidad penal en caso de incumplimiento. Pero, a pesar de ello, continuó con los trabajos, sin que estuvieran amparados por permiso ni autorización alguna.
A principios del año 2008, el Ayuntamiento reiteró la paralización de las obras en el mencionado recinto deportivo, y aunque se concedió licencia para el asfaltado en una zona, otra área quedó excluida y se impulsó un expediente sancionador por la Demarcación de Carreteras para estos trabajos, que no han sido legalizados.
"Aun después de dictarse la segunda orden, el señor Sordo, de forma reiterada ha continuado incumpliendo la orden de paralización", se recoge en la sentencia.
La sentencia insiste además en que Sordo Cayuso no depuso su actitud pese a que un Juzgado de Instrucción de Torrelavega dictó un auto de procedimiento abreviado por estos hechos, y continuó las obras sin estar en posesión de la necesaria licencia, en varias zonas y en una finca colindante que le transmitieron por contrato privado de compraventa dos hermanas, que también estaban acusadas en este proceso y que finalmente han sido absueltas.
En el transcurso del año 2009, el Ayuntamiento reiteró la orden de precinto de la obra que quedó excluida de la licencia y acordó la paralización de los trabajos que se estaban realizando.
Asimismo, la sentencia destaca que Daniel Sordo Cayuso desobedeció todas las órdenes y resoluciones administrativas que le habían sido transmitidas y continuó las obras en zonas que no estaban amparadas por la licencia que se le había otorgado.
Incumplimiento "reiterado"
Por todo ello, la juez, en su resolución, entiende que incurrió en un delito de desobediencia, por un incumplimiento "grave" y "reiterado" de resoluciones administrativas "claras, terminantes y dictadas en el marco de un procedimiento legítimo por la autoridad competente", en este caso el Ayuntamiento de Reocín.
La magistrada aprecia como atenuante las dilaciones indebidas en el proceso, porque desde la interposición de la denuncia, en enero de 2009, hasta el juicio, celebrado en el mes de abril de 2017, "ha transcurrido un lapso temporal excesivo", destaca.
Y no aprecia delito en las dos hermanas que estaban también acusadas en este proceso.
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