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En la tradicional carrera de burros de Tanos, hoy desaparecida por la presión de los animalistas, no había delito. Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Cantabria, que ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una protectora de animales contra el auto ... de sobreseimiento provisional y archivo acordado hace dos años por un juzgado de Torrelavega respecto a la denuncia de otra protectora, fallo que ha quedado confirmado.
La asociación sin ánimo de lucro Humanicemos alegó, en primer lugar, que el referido auto era nulo por falta de motivación. También que en las carreras de burros organizadas en Tanos, con motivo de las fiestas del pueblo, se maltrataba de forma injustificada a estos animales y que bastaba con ver las fotos que aportaba para comprobarlo, existiendo, a su juicio, indicios de delito. Por último, Humanicemos afirmaba que se trataba de espectáculos no autorizados, por lo que, según el colectivo, los hechos también serían constitutivos de delito. Tanto el Ministerio Fiscal como la defensa del Ayuntamiento de Torrelavega se opusieron al recurso y solicitaron la confirmación del archivo de la denuncia.
Según la Audiencia Provincial, el auto recurrido no es nulo por falta de motivación, pues, aunque escueta, la motivación es más que suficiente: «No resulta debidamente justificada la perpetración del delito, simplemente leyendo la denuncia y viendo las fotografías unidas a la misma». «Y es que -añade-, cuando del tenor literal de la denuncia se desprende de forma clara y evidente que los hechos que se pretenden delictivos o bien no lo son o bien de lo expuesto no consta que los mismos estén debidamente justificados en su perpetración, lo que tiene que hacer el Juzgado es sobreseer, libre o provisionalmente, y archivar. No es necesario que practique deligencia alguna, simplemente porque así lo quiera quien denuncia».
En este caso lo que se denuncia es una carrera de burros, algo que de por sí no es delictivo. «Todos los días se celebran carreras de caballos en hipódromos, playas o parques y ninguna asociación animalista denuncia tales hechos», señala el acuerdo de la Sala. «Y de las fotografías adjuntas a la denuncia -explica- no se observa que nadie cause malos tratos a los animales montando en burros, sujetándolos o dirigiéndolos, lo que en modo alguno puede considerarse delictivo».
A juicio de los magistrados, no estamos ante un delito tipificado en el Código Penal, pues para ello se exige: «Que se maltrate injustificadamente a animales, algo que ya hemos dicho que no se observa en las fotos adjuntas a la denuncia; que se cause lesiones al animal, algo que tampoco se constata ni en la denuncia ni en las fotografías adjuntas; que esas lesiones menoscaben gravemente la salud del animal, algo que ni por asomo se adivina en la mera descripción de los hechos denunciados».
La sentencia destaca que aparte de lo que se observa visualmente en las fotografías, existe un documento en la causa, emitido por un veterinario de la Consejería de Medio Rural, que dice textualmente: «Asistieron un total de doce asnos, todos identificados con pasaporte y en buen estado. Dicha concentración se desarrolló sin incidentes reseñables». Según la Audiencia, sobran las digresiones.
Finalmente, la Sala indica en su acuerdo que tampoco estamos ante un delito tipificado en el Código Penal por otras razones: «El maltrato cruel del animal, algo que ya hemos dicho no se observa ni adivina en los hechos descritos en la denuncia; que el espectáculo no esté autorizado legalmente, algo que tampoco concurre en esta carrera de burros, que está autorizada por la Alcaldía de Torrelavega y la Consejería de Medio Rural».
Dos asociaciones animalistas, Daya y Facue, pidieron de nuevo al Ayuntamiento de Torrelavega en agosto de 2017 que prohibiese la tradicional carrera de burros en las fiestas de Tanos. Ambos colectivos aseguraron que en la última edición (la número 57), que se acababa de celebrar y fue seguida por cientos de personas, se produjeron «serias irregularidades» que pusieron en «grave peligro» la seguridad, tanto de viandantes, entre los que se encontraban muchos menores, como conductores y animales. Daya y Facue también anunciaron al Consistorio que interpondrían la «pertinente denuncia» por considerar que se había cometido un delito. Los animalistas adjuntaron vídeos que mostraban las «ilegalidades». Según ellos, el trayecto de la carrera no estaba oportunamente delimitado ni cercado, pese a ser una carretera urbana. Tampoco había «unidades móviles sanitarias, ambulancias o puestos médicos».
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