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El concurso de ideas para transformar la Lechera en un centro cultural y de las artes continúa paralizado después de casi tres meses mientras se estudian los recursos presentados por algunos de los profesionales que optan al contrato de más de medio millón de euros.
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales -organismo dependiente del Ministerio de Hacienda- mantiene la suspensión temporal de la contratación a la espera de que se resuelvan los recursos presentados, entre los que cuatro de ellos han sido desestimados y dos se encuentran aún en fase de estudio para determinar o no su validez. Si el procedimiento, iniciado con el convenio entre el Gobierno de Cantabria (Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte) y el Ayuntamiento de Torrelavega, para la creación de un Espacio Cultural en La Lechera, firmado el 17 de febrero de 2020, ya había sufrido algún contratiempo en su tramitación, como errores en las direcciones de correo electrónico donde los licitadores debían remitir la documentación, ahora el concurso público lleva suspendido desde abril mientras se estudia cada una de las reclamaciones presentadas.
23 de diciembre de 2020 Publicación del anuncio para el concurso de ideas con el objeto de transformar el complejo de La Lechera en un centro cultural y de las artes.
12 de enero de 2021 Ampliación del plazo de presentación de las propuestas (del 4 al 25 febrero), después de que el primer plazo coincidiera con las fiestas de Navidad.
u13 de enero de 2021 Jornada de puertas abiertas para visitar al edificio, que también se tuvo que ampliar debido a que profesionales no se pudieron desplazar por un temporal.
26 de febrero de 2021 Anuncio de composición del jurado integrado por arquitectos, técnicos del Gobierno y municipalesy asesores especialistas en arte.
19 de abril de 2021 Suspensión temporal del procedimiento del concurso público mientras el Tribunal de Recursos Contractuales estudia las reclamaciones de los licitadores.
Entre los profesionales que han reclamado, hay dos casos de participantes que han sido excluidos del concurso por aparecer su nombre en un fax y otros dos que también se han quedado fuera por aparecer su nombre en un remite de Correos. Así lo ha resuelto el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en su resolución emitida el pasado 17 de junio aunque estos recurrentes aún pueden acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria si lo consideran apropiado, con lo que el certamen podría sufrir un retraso aún mayor.
TRAMITACIÓN
RETRASO
OFERTAS
La resolución del Tribunal destaca que «el requisito del anonimato de las proposiciones se quiebra con la simple existencia de circunstancias que permitan, en abstracto, la posibilidad de que por alguno de los miembros del jurado se conozca la identidad del licitador de que se trate». Y agrega que «el objetivo de la ley en este punto es asegurar la absoluta garantía de la independencia e imparcialidad del jurado, incluyendo la apariencia de la misma, eliminando cualquier sospecha de que la decisión del mismo pudiera verse afectada por su eventual conocimiento de la identidad de los ofertantes». En este sentido, el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda entiende que ha habido irregularidades a la hora de presentar la documentación de los ofertantes por lo que ha decidido que queden excluidos del proceso.
Asimismo, en la resolución concreta que «no es preciso acreditar que se haya conocido de manera efectiva tal identidad, sino que basta con que existan elementos de juicio que evidencien que existió la posibilidad de que se produjese tal conocimiento, al no salvaguardarse adecuadamente el anonimato de las ofertas». En este caso, la posibilidad de que se haya producido el conocimiento de la identidad «es prácticamente total, mediante la revelación del nombre y el domicilio», por lo que el quebranto del anonimato y el motivo de inadmisión de la propuesta, según el Tribunal, «se entiende justificado».
Por otro lado, aclara que, en relación a la alegación relativa a que es el servicio de gestión económico presupuestaria de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte y no el jurado el que ha conocido la identidad del titular de la propuesta presentada, el Tribunal considera que las bases del concurso «son claras en la exigencia de anonimato de las propuestas de los concursantes». «Las propuestas sólo han de venir identificadas bajo un lema y no podrán contener referencias, datos o indicios de tipo alguno que permitan conocer directa o indirectamente la identidad del autor o autores de las mismas», señala.
Por último, apunta que no se aprecia la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición de los recursos, por lo que no procede la imposición de la sanción prevista en el artículo 58 de la Ley de Contratación Pública. No obstante, recuerda que esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma los recurrentes pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
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