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La empresa que realizó una obra en el edificio de Garcilaso tendrá que reparar las grietas
Torrelavega ·
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El juez considera acreditada la relación de los daños reclamados con la reforma realizada en un local de la planta bajaEl Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Santander ha condenado a la empresa AC1 Plus a reparar los daños ocasionados en una vivienda de la calle Coro Ronda Garcilaso, como consecuencia de las obras realizadas en un local de la planta baja, propiedad del Instituto Cántabro de Servicios Sociales ... , para habilitar el Punto de Encuentro Familiar, inaugurado el pasado mes de agosto.
El magistrado ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por la propietaria del piso, María del Carmen Pérez Aja, condenando en costas a la referida empresa, que aún puede presentar recurso de apelación. Los daños han sido valorados por el perito judicial en 12.025 euros. Otros vecinos del mismo portal, el número 6, están ultimando la presentación de demandas similares por la aparición de grietas en sus viviendas.
El juez concluye en la sentencia que constan debidamente acreditados los daños reclamados, su relación de causalidad con las obras realizadas por la demandada y la culpa de ésta. Y explica por qué: «Cuando se trata de actividades que comportan riesgos superiores a los normales, como es el caso, corresponde al profesional demandado facilitar una explicación del daño que exonere de responsabilidad, cosa que en este caso no se ha producido».
El magistrado da preferencia en su fallo al perito judicial por entender que sus conclusiones resultan «correctas y acertadas», pues ofreció en el juicio una explicación «lógica y totalmente razonable» sobre la aparición de los daños en la vivienda de la demandante y su relación con las obras del local. El perito judicial considera que esos trabajos, en concreto en la zona del aseo, al picar con medios mecánicos «habrían afectado a la viga riostra, dando lugar a que las vibraciones se trasladaran al pilar colindante en el número 6 y desde allí se transmitieran hacia arriba, causando los daños reclamados».
En la sentencia se da «menos valor» al criterio del perito de la empresa, que «además resulta ser redactor del proyecto y director de la obra de reforma del local, lo que le resta objetividad». En cuanto a los daños concretos en la vivienda de la denunciante, el juez también acoge los reflejados en el informe del perito judicial, si bien aclarando que, según explicó el técnico en el juicio, «únicamente ha tenido en cuenta aquellos recientes que son atribuibles a las obras del local», dado que se aprecian grietas anteriores. Al mismo tiempo que se desarrolla este proceso judicial, el Ayuntamiento tramita un expediente exigiendo a los vecinos que reparen el edificio.
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