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La Consejería de Presidencia tendrá que explicar ante los jueces los motivos que justifican el cierre adelantado que, a petición del Ayuntamiento de Torrelavega, ... ha impuesto sobre 48 locales de ocio nocturno. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dado un plazo de 10 días para que el Gobierno presente alegaciones contra el recurso presentado por la Asociación de Empresarios de Juego de Bingo de Cantabria, una de las víctimas colaterales de esta restricción horaria sin precedentes en la comunidad autónoma. «Antes de decidir si suspende el cierre adelantado», los servicios jurídicos de Peña-Herbosa deberán esgrimir bien los argumentos que, de acuerdo con la Ley de Espectáculos y el Decreto de Horarios, sostienen esta mordida de dos horas orientada a garantizar el descanso vecinal.
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo entienden que, ante un desencuentro de este tipo -y a pesar de que en su recurso los hosteleros solicitan una medida cautelar directa para eliminar la medida-, vale la pena escuchar a las dos partes implicadas. Con ello, y para «conocer la motivación que sustenta la disposición referida al municipio de Torrelavega y respecto de los establecimientos de juego de bingo», el alto tribunal ha decidido transformar la medida cautelar urgente solicitada en una medida ordinaria, «de modo que todas las partes puedan pronunciarse antes de que el tribunal decida si procede o no suspender cautelarmente el adelanto del cierre».
Han pasado diez días desde que, el pasado 10 de enero, el Boletín Oficial de Cantabria publicó la aprobación por parte de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior de la solicitud del Ayuntamiento de Torrelavega para adelantar dos horas el cierre de 48 establecimientos situados en el área residencial de la ciudad de Torrelavega. El objetivo, blindar el sueño de los vecinos; la forma, adelantar dos horas el cierre entre semana del ocio nocturno -durante las madrugadas de domingo a miércoles-. La medida ha caído mal entre los hosteleros, la oposición y hasta en algunos vecinos a los que pretende beneficiar.
Y tampoco parece que sea muy clara a tenor del auto del TSJC. En el escrito, los jueces añaden que «no consta» que la medida que supone reducir en dos horas el horario de estos establecimientos «resulte de inmediata aplicación con su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria el pasado 10 de enero», algo que por otro lado venía sobreentendiendo todo el Ayuntamiento y también la Consejería de Presidencia desde que el documento oficial fue publicado el 10 de enero.
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Ana del Castillo
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