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La adquisición de la popular finca de La Carmencita por parte del Ayuntamiento de Torrelavega, a cambio de aprovechamientos urbanísticos en otra zona del municipio, sigue siendo motivo de polémica dos décadas después, mientras se construye en la parcela el primer aparcamiento público ... en altura de la ciudad. La Comisión de Movilidad y Urbanismo aprobará mañana desestimar las últimas solicitudes presentadas por la empresa que fue dueña de la parcela, Terrenos de Adarzo, por considerar que sus exigencias, valoradas en casi cinco millones de euros, ya fueron rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en una sentencia en 2016.
Pocas semanas después de que la compañía decidiese acudir de nuevo al juzgado porque aún no se han hecho efectivos los aprovechamientos urbanísticos, el Consistorio quiere dar contestación expresa a los dos escritos que registró en los últimos años, en relación al convenio que ambas partes firmaron en 2003 y que se elevó a escritura pública. En virtud del mismo el Ayuntamiento obtenía la finca, recibiendo Terrenos de Adarzo como contraprestación 11.022 metros cuadrados edificables en el Plan Parcial de Coteríos.
En el primer documento registrado por la empresa, en marzo 2022, esta pedía al Consistorio que precediese a la modificación parcial del acuerdo urbanístico de permuta y se declarase subsidiariamente la nulidad del mismo con devolución de las contraprestaciones recíprocas, o que, como alternativa, se iniciase la apertura del proceso de justiprecio de la parcela. En el segundo escrito, registrado en noviembre del año pasado, Terrenos de Adarzo solicitaba que se declarase resuelto el convenio y se procediese a abonar el justiprecio de la finca conforme a su valor urbanístico actual.
La decisión municipal está basada en varios informes técnicos. En uno de ellos, la Vicesecretaría señala que las peticiones de la empresa ya fueron objeto de un proceso judicial con sentencia firme, fechada en febrero de 2016, en la que se analizaron las obligaciones asumidas por el Ayuntamiento y si había existido incumplimiento del convenio. Según el informe, del fallo se deduce que el Consistorio cumplió con todas sus obligaciones, por lo que puede afirmarse que el acuerdo de permuta se realizó al entregarse a cambio de la finca los referidos aprovechamientos urbanísticos, debidamente registrados, y por los que el Ayuntamiento tuvo que abonar el correspondiente IVA (623.308 euros).
Respecto a los compromisos asumidos, la Vicesecretaría afirma que eran únicamente dos: aportar a la Junta de Compensación o Entidad Urbanística del Plan Parcial de Coteríos los derechos urbanísticos de Terrenos de Adarzo e incluir el convenio en el texto de cualquier modificación urbanística en la zona. «Ambas obligaciones han sido cumplidas -señala el informe- y así se recoge en la sentencia».
La Vicesecretaría destaca que el Ayuntamiento no asumió la obligación de entregar parcelas edificables, sino aprovechamientos urbanísticos, por lo que «no procede» la indemnización solicitada con arreglo a la Ley de Expropiación Forzosa. También rechaza en su informe que deba revisarse de oficio el convenio que se firmó hace 21 años, por considerar que la normativa vigente no lo autoriza: «Plantear dos décadas después la nulidad del convenio y la restitución de los terrenos, con nulidad de las inscripciones registrales por defectos de procedimiento, una vez perfeccionada la entrega de los bienes convenidos, vulnera el principio de buena fe».
Por último, el informe recuerda que con motivo de la tramitación de la obra que se está ejecutando en la finca, Terrenos de Adarzo presentó alegaciones reiterando las mismas peticiones, planteamientos que fueron rechazados por la Corporación en sesión plenaria, sin que la empresa presentase recurso dentro del plazo establecido.
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