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Ha quedado constituida la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrelavega para la presente legislatura. El equipo de gobierno, integrado por regionalistas (7 concejales) y socialistas (6), se ha repartido los nueve puestos en juego. El líder del PSOE, José Luis Urraca, se ha ... convertido en primer teniente de alcalde, sucediendo en el cargo al José Manuel Cruz Viadero, que se ha retirado de la primera línea política después de 20 años en la Corporación.
El alcalde regionalista Javier López Estrada, que afronta su segundo mandato, ha procedido al nombramiento de los integrantes de la Junta de Gobierno Local, que pasa a estar formada por él mismo como presidente y ocho concejales: José Luis Urraca, Pedro Pérez Noriega, Patricia Portilla, Jesús Sánchez, Alberto Rubio, Jezabel Tazón, Esther Vélez y Cristina García Viñas. En la misma resolución, López Estrada ha nombrado a los tenientes de alcalde, que pasan a ser los citados anteriormente, en el mismo orden y con lista de cremallera. Cuatro del PRC y cuatro del PSOE.
Mientras tanto, el alcalde sigue demorando la firma de la resolución en la que dará a conocer el reparto de áreas y sueldos entre los ediles, lo que está dando lugar a todo tipo de rumores, entre ellos un posible pacto de gobierno con un grupo de la oposición (Torrelavega Sí). En las últimas tres legislaturas, dicha resolución se hizo pública entre el 17 y el 23 de junio.
Respecto a las competencias que tendrá la Junta de Gobierno Local, cabe destacar la concesión de diversas licencias (obras, cambio de uso y parcelación, primera ocupación, actividades sujetas a autorización ambiental...) y la aprobación inicial de instrumentos de planeamiento urbanístico cuando la misma no sea competencia del pleno de la Corporación.
La Junta de Gobierno Local también se hará cargo de la aprobación definitiva de los instrumentos de gestión urbanística y de las bases de convocatoria de subvenciones, así como el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de dominio público cuando sean de duración superior a dos años, salvo las que sean de competencia plenaria. También aprobará las bases de selección de personal funcionario o laboral, y la bases y resolución de los concursos de traslados, así como la imposición de sanciones de carácter grave o muy grave.
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