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La Audiencia Provincial ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la lista con los nombres de los 700 cántabros que podrán ser citados como jurado en los próximos dos años. Como explica Francisco Javier González Duque, letrado de la Administración de Justicia de la ... Secretaría de la Audiencia, los nombres incluidos en esa lista corresponden a los setecientos candidatos que han resultado elegidos Jurado mediante sorteo celebrado el pasado 28 de septiembre de 2022. La Ley del Jurado es la que establece que cada dos años, coincidiendo con los pares, se realice este sorteo en cada provincia española para confeccionar el listado de potenciales jurados en los dos años siguientes.
El número de ciudadanos seleccionados depende de la actividad judicial de cada provincia y se calcula multiplicando por 50 el número estimado de juicios por jurado que se espera celebrar en ese plazo de dos años. El delegado del Instituto Nacional de Estadística y de la Oficina del Censo Electoral, Gonzalo Sánchez-Crespo Benítez, asegura que la lista ha sido obtenida a partir de la lista del censo electoral vigente a la fecha del sorteo, ordenada por municipios.
¿Qué se requiere para poder ejercer de jurado? Ser español mayor de edad, encontrarse en el pleno ejercicio de tus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido, y contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función. Las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido.
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Por contra, no podrán ejercer de jurado los condenados por delito doloso, que no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados y aquellos acusados respecto de los cuales se hubiera acordado la apertura de juicio oral y quienes estuvieren sufriendo detención, prisión provisional o cumpliendo pena por delito; y los suspendidos, en un procedimiento penal, en su empleo o cargo público, mientras dure dicha suspensión.
Belén Alonso, Letrada de la Administración de Justicia (LAJ) del Juzgado Decano de Santander, confirma una sensación que todo el mundo tenemos en la calle y es que «casi nadie quiere ser jurado». En su juzgado se encargan de comunicar a los elegidos su designación como jurado. A partir de ese momento comienzan a recibir multitud de excusas para librarse de «una responsabilidad enorme». Entre las numerosas excusas recibidas –algunas son justificadas–, Alonso se ha encontrado con varias en las que los elegidos, pese a estar empadronados en Cantabria, «alegan que están viviendo fuera, por ejemplo, en Madrid». Otra de las disculpas para no ejercer de jurado tiene que ver con las cargas familiares. «Algunos dicen que tienen muchos hijos o personas dependientes, o un trabajo especial que no pueden dejar de atender...». Una vez que se confecciona la bolsa de jurados, el Juzgado Decano la remite a la Audiencia Provincial, que, a su vez, hace una selección de 30 jurados para cada uno de los juicios a celebrar. De todos ellos se quedan con nueve más dos suplentes.
Por cada día de juicio, la Administración regional paga a cada uno de los jurados legos 67 euros, a los que hay que añadir gastos de desplazamiento y de manutención, que incluye un desayuno a media mañana durante el juicio y, en su caso, la comida el día de la deliberación y el alojamiento en un hotel si el tribunal popular tuviera que permanecer aislado de su entorno habitual durante más de un día. Hecho excepcional puesto que apenas se ha dado un caso en todos estos años. Además, Justicia retribuye con 33,5 euros, más gastos de viaje, a los 30 candidatos a jurado que han de presentarse a la selección el mismo día del juicio.
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