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¿Cuándo hay que ponerse la mascarilla y cuándo no?

¿Cuándo hay que ponerse la mascarilla y cuándo no?

Consulta los lugares y situaciones en los que la mascarilla será obligatoria y los que quedan exentos

Pilar Chato

Santander

Miércoles, 15 de julio 2020

¿Para qué edad y quiénes y dónde?

El uso de mascarilla tendrá carácter obligatorio para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia de que pueda garantizarse una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.

Están eximidas de su uso las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.

Están excluidas de su uso las personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. En estos dos supuestos, no requerirá justificante médico y será suficiente una declaración responsable firmada por la propia persona que presenta la causa de exención.

¿Cómo debe ponerse?

Es obligatorio el adecuado uso de la mascarilla, es decir, tiene que cubrir desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida.

¿Tipo de mascarilla?

El tipo de mascarilla a utilizar no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.

Cuándo es obligatorio y cuándo no

Medios de transporte

SI En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

NO en los coches privados si todos los ocupantes son convivientes.

NO En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.

SI para cualquier persona que acceda, permanezca o deambule por las instalaciones de las estaciones de autobús, tren, barco o avión.

Actividades deportivas al aire libre

NO es necesario en el caso de actividad deportiva individual al aire libre aunque sea en núcleos urbanos.

NO es necesario para personas mayores de 65 años, sin que en ningún caso pueda superarse el número de 3 personas.

NO en actividades acuáticas.

Consumo de alimentos y bebidas

NO en situaciones de consumo de alimentos y bebidas en establecimientos.

Espacios privados

Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

Playas

SI para entrar y salir de los arenales.

NO dentro del grupo que ha acudido junto y que no puede superar las 25 personas (excepto casos de personas convivientes que sí pueden ser más).

NO para bañarse, para estar tumbado sobre la toalla o pasear por la orilla si se guarda la distancia de seguridad.

Pesca Fluvial

SI cuando es con más de una persona.

NO si es pesca individual.

Espacios de culto

Sin perjuicio de las recomendaciones de cada confesión «se deberán observar las siguientes reglas».

SI uso de mascarilla con carácter general.

Las actividades de animación o clases grupales

SI cuando sea en espacios cerrados. Estas actividades deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 25 personas. Se procurará respetar la distancia mínima de seguridad entre las personas que asistan a la actividad y entre estos y el animador o entrenador.

NO cuando el grupo no supera las 10 personas en un espacio de al menos 25 metros cuadrados.

Actividades de turismo activo y naturaleza.

SI En aquellas circunstancias donde no se realice actividad física.

NO en espacios de la naturaleza fuera de núcleos de población.

Centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios

SI el personal y los clientes en aquellas circunstancias donde no se realice actividad física.

NO sin son espacios naturales fuera de núcleos de población.

Congresos, conferencias y eventos asimilados

SI hay que estar con mascarilla y los aforos y medidas de limipieza ya fijados anteriormente.

Formación presencial

SI se deberá emplear mascarilla y respetar las medidas de higiene y prevención para el personal trabajador y el alumnado, así como las medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva. Los aforos siguen fijados como el decreto anterior.

Atracciones de feria

SI, siempre, en las filas y en los asistentes. Podrá ocuparse el 75 por ciento de cada fila, siempre que guarden la máxima distancia posible. Cuando todos los usuarios residan en el mismo domicilio, podrán ser utilizados todos los asientos del elemento.

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