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Mientras en Madrid la aprobación de la nueva ley de vivienda estatal se ha quedado estancada en un segundo plano por culpa de otras polémicas reformas legales, como la secesión o la renovación del Tribunal Constitucional, el Gobierno de Cantabria acaba de aprobar el proyecto ... de ley de la primera normativa de estas características que tendrá la región. Un texto especialmente obsesionado con defender la 'función social' de la vivienda, que en la práctica supone penalizar y desbloquear los inmuebles vacíos para facilitar el acceso a la vivienda de jóvenes y colectivos desfavorecidos, llegando incluso a forzar el alquiler o la expropiación en casos extremos. No en vano, el último balance del Observatorio de Vivienda y Suelo de Cantabria –publicado en 2015– detecta 47.000 casas vacías en la región.
El espíritu de la norma, a cuyo texto íntegro ha tenido acceso este periódico, es muy similar al de las aprobadas en otras muchas comunidades, como en el País Vasco o Baleares, donde se expropiaron 56 residencias a grandes propietarios para destinarlas a alquileres sociales. Y en paralelo también con el propio Gobierno central, que en su futura Ley de Vivienda –si es que logra un acuerdo con Podemos para aprobarla esta legislatura– ha incluido un recargo del 50% en el IBI para aquellos inmuebles que estén vacíos más de dos años. Una medida que el Ayuntamiento de Santander ya ha anunciado que desobedecerá y, por tanto, no aplicará estas sanciones. El Consistorio estima que hay 2.457 viviendas en desuso en la capital, lo que supondría solo el 5,2% de toda la comunidad autónoma.
La clave de esa distancia entre las cifras regionales y municipales esté, quizás, en la propia definición de vivienda vacía, algo que hasta ahora solo hacía vagamente el Instituto Nacional de Estadística y que aborda la nueva ley autonómica. Un inmueble en desuso será aquel que esté desocupado de manera continuada durante dos años. Pero ese plazo bajará a seis meses si el propietario es un gran tenedor, es decir, aquella persona o entidad que disponga de más de diez inmuebles urbanos de uso residencia, excluyendo garajes y trasteros, y cuya actividad económica sea el sector inmobiliario. Aunque también se contemplan causas justificadas para que haya casas deshabitadas: que sean segundas residencias (uso menor de 183 días al año), o que haya existido un traslado por motivos laborales, de salud o dependencia. También se eximirán los inmuebles que estén a la venta o alquiler en precios de mercado.
DECÁLOGO DE LA NUEVA LEY
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Desocupada de forma continuada durante más de dos años sin causa justificada. Si es propiedad de un gran tenedor inmobiliario el plazo baja a seis meses.
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Un instrumento nuevo en Cantabria para conocer el número exacto de residencias sin uso para incorporarlas al mercado de la venta o alquiler.
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Los propietarios de viviendas vacías podrán ceder su gestión en régimen de alquiler al Gobierno de Cantabria para que amplíe su oferta pública.
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El Gobierno podrá tomar esta medida con los inmuebles desocupados de las zonas que los ayuntamientos marquen como 'mercado residencial tensionado'.
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Sólo ocurrirá cuando la vivienda esté vacía, tenga declaración de inhabitabilidad y el propietario desatienda la orden de ejecución de las obras.
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En ningún caso podrá ser superior a un 30% de la renta neta disponible de las personas que vivan en la casa. Puede haber, incluso, aplazamientos de pago.
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Segundas residencias (uso menor de 183 días al año), traslado por trabajo, salud, dependencia o cuando esté a la venta o alquiler en precios de mercado.
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Fomentará el acceso al alquiler, los proyectos de reforma y la ampliación del parque público de vivienda. También regulará las ayudas y subvenciones.
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Tendrán financiación pública preferente los planes sobre espacios urbanos vulnerables que sufran abandono, obsolescencia o degradación.
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Los bancos que adquieran una casa por ejecución hipotecaria deben ofrecer un alquiler social a las personas en situación de vulnerabilidad.
A partir de ahí, la nueva ley establece una serie de mecanismos para sacar a la luz estos inmuebles en desuso, activarlos para el alquiler y, en último caso, penalizar y obligar a sus propietarios a ponerlos en el mercado. Uno de los artículos que, precisamente, más llama la atención –como antes lo había hecho en otras comunidades– es el que empodera al Gobierno para declarar el alquiler forzoso de inmuebles vacíos, que pasarían a formar parte del parque público. Para ello, además de que la vivienda sea considerada como oficialmente vacía, debe estar ubicada en una 'zona de mercado residencial tensionado', una figura que busca proteger a las familias y jóvenes con menos renta.
Serán los ayuntamientos los que pedirán esta declaración cuando detecten un área con oferta insuficiente de vivienda en condiciones de acceso asequibles, es decir, cuando el coste de la hipoteca o el alquiler supere el 30% de los ingresos medios de los hogares.
En casos extremos, el Ejecutivo autonómico también estará capacitado para expropiar una casa. Los condicionantes, eso sí, son más severos. La residencia no sólo debe estar deshabitada, sino encontrarse en unas condiciones tan malas que no sea apta para habitar y, además, que su propietario desatienda las ordenes de ejecución de obras para adecentarla. En cualquier caso, las viviendas expropiadas serían destinadas a usos residenciales en régimen de alquiler para colectivos vulnerables.
El Gobierno quiere tener un registro fiable del número de residencias que se encuentran en esa situación y, por primera vez, existirá un listado oficial que ayudará a conocer el número exacto. Y todos los propietarios de viviendas vacías podrán ceder su gestión en régimen de alquiler al Gobierno de Cantabria. Esto permitirá a los dueños tener una seguridad de cobro y a la Administración poder ampliar el parque de vivienda de alquiler, que ha crecido un 24% esta legislatura, hasta los 349 inmuebles, gracias a la compra de casi cuatro decenas de casas a la Sareb. Esta operación se llevó a cabo a través de Gesvicán, la empresa pública encargada de la gestión de viviendas, ahora en manos del PRC pese a que la Dirección General es competencia del PSOE. Precisamente allí el malestar era creciente en las filas regionalistas tras conocerse la aprobación del proyecto de ley sin que los socialistas, socios de Gobierno, les hubieran facilitado el texto ni pedido aportaciones durante su trámite.
La nueva normativa obligará a la Administración a elaborar un Plan de Vivienda, con una vigencia de cinco años, para potenciar los alquileres, favorecer la rehabilitación y la regeneración urbana y la ampliación del parque público. Además, este plan integrará todas las ayudas y subvenciones que se concedan. La Consejería tendrá un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la ley para presentar el primero.
Una de las mayores novedades del documento es la independencia que da a los proyectos de reforma respecto a los Planes Generales de los ayuntamientos. Para evitar la rigidez burocrática, la nueva ley prevé la aprobación de 'áreas de regeneración urbana integrada' sobre espacios vulnerables que sufran procesos de abandono, obsolescencia o degradación del tejido urbano o del patrimonio edificado, o donde un porcentaje mayoritario de la población residente se encuentre en riesgo de exclusión por razones de desempleo, insuficiencia de ingresos, edad, discapacidad... Esta figura les permitirá tener preferencia en la financiación pública de las obras.
Lo que no aborda la normativa es la problemática de las ocupaciones ilegales de viviendas, como exigió el PP en el Parlamento para «proteger la propiedad privada, la convivencia vecinal y la seguridad de las personas y las cosas». Quizás, a la espera de saber cómo afronta el asunto la ley nacional y si se imponen las tesis de Podemos sobre las del PSOE.
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