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26 de septiembre de 2019. La Guardia Civil descubre en esa fecha -en una cabaña aislada en una zona de monte en San Pedro del Romeral- una plantación de marihuana de 1.116 plantas (unos 7,5 kilos). Los agentes tuvieron serias dificultades para acceder ... al lugar ya que se encontraron a 11 perros que custodiaban la plantación.
Una vez alcanzado el 'laboratorio', los agentes comprobaron que se trataba de una compleja y sofisticada instalación dividida en fases. Por un lado, las plantas en crecimiento y por otro, la zona de secado. Lo que demostró que había actividad durante todo el año. La intervención acabó con un detenido que ahora ha sido absuelto por el Juzgado de lo Penal Número 3 de Santander de un delito contra la salud pública porque la marihuana era para «uso terapéutico» y «no ha resultado probado que el acusado vendiera la droga o tuviese intención de llevarlo a cabo». Sin embargo, la magistrada le condena a indemnizar a Viesgo con 34.737 euros por un delito de defraudación de fluido eléctrico y al pago de una multa de 270 euros.
El Ministerio Fiscal consideraba al acusado autor de un delito contra la salud pública por lo que solicitaba para él una pena de dos años de prisión y multa de 6.000 euros. Asimismo le acusaba del delito de defraudación de fluido eléctrico por el que finalmente ha sido condenado.
Durante el juicio oral, el encausado reconoció el cultivo de la plantación de marihuana que tenía en el inmueble alquilado. En el registro que se efectuó, autorizado por él mismo, se hallaron e incautaron numerosas plantas de marihuana, en tres distintas fases, con instalaciones eléctricas, luminarias, climatizadores, extractores y mecanismos de riego para favorecer el cultivo... El pesaje de lo incautado arrojó un peso neto de 88 gramos de hojas de plantas de cannabis de tamaño mediano (339 plantas), con riqueza de 1.2 %, 2.510 gramos de hojas de tamaño pequeño con riqueza del 1.1 (465 plantas), y 4.990 gramos de cogollos de cannabis con riqueza del 18.6 de (312 plantas). En total, 1.116 plantas que pesaron 7,5 kilos.
El encausado negó que dicha plantación fuera para traficar, alegando el «consumo propio» y el «uso terapéutico», paliativo de los dolores derivados de las dolencias que sufría, y sobre lo que aportó documentación médica. Además, afirmó que dejó el tratamiento farmacológico, al no querer tomar pastillas, y que se aplicaba friegas que elabora con un kilo triturado de marihuana que dejar macerar en alcohol durante un mes a oscuras, por lo que necesita gran cantidad del producto para que le haga efecto.
Los investigadores encontraron detalladas anotaciones relativas al cultivo de las plantas, pero no hallaron ninguna que pudiera relacionarse con la venta de la droga.
A pesar de que la cantidad de sustancia estupefaciente intervenida es «muy elevada», la magistrada decide absolver el acusado del delito contra la salud pública porque «ha acreditado el consumo y están documentadas sus dolencias, carece de antecedentes penales por dicho delito, no han sido encontradas cantidades de dinero, ni se ha acreditado el uso de otros efectos o instrumentos habitualmente empleados en el tráfico de drogas, para su pesaje o distribución, salvo los indicados para potenciar el cultivo, ni existen elementos indicativos de presencia ni afluencia de posibles compradores, ni incautación alguna al respecto». «El mero dato de la cantidad de sustancia estupefaciente intervenida, pese a su importante cuantía, resulta insuficiente para enervar la presunción de inocencia de acusado», concluye.
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