![Nuevo revés judicial a Ferrovial por el contrato público-privado de Valdecilla](https://s2.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/202103/14/media/cortadas/62878575-kGfC--1248x830@Diario%20Montanes.jpg)
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Smart Hospital Cantabria, la adjudicataria del contrato de colaboración público-privada de Valdecilla, ha recibido un nuevo revés judicial dentro del enfrentamiento que tiene abierto con el Gobierno regional, el segundo en menos de dos semanas. Así, Ferrovial y Siec, las dos empresas que forman ... la sociedad, tendrán que hacerse cargo del servicio de transporte de bienes y productos de uso hospitalario tanto interno como externo. Es decir, que esta actividad está integrada dentro del contrato firmado por las partes por el que se externalizaron algunos servicios y no correrá a cargo de las arcas públicas.
Así lo han fallado tanto el Consejo de Estado como la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC). Los jueces entienden que la prestación del servicio de transporte, del que queda excluido el de personas, incluye el transporte de materiales, historias y documentación clínica y «cualesquiera bienes y productos destinados al uso sanitario entre dependencias, departamentos, salas, unidades asistenciales, áreas de hospitalización o laboratorios que así lo precisen». Es decir, «interno», pero también «respecto de centros o dependencias externas a Valdecilla que así lo precisen».
Zanja así el TSJC un pleito surgido en 2018 por las diferencias de interpretación sobre la inclusión en el contrato público-privado del transporte de materiales con una sentencia contra la que sólo cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Según la sentencia, el transporte de bienes y productos de uso hospitalario no puede estar circunscrito solamente al ámbito del servicio de gestión y almacenamiento.
RELACIONES LABORALES
ESTE MISMO MES
EL PLEITO
Esta decisión se suma a la que el Supremo tomó a principios de mes, que obliga al Smart Hospital Cantabria a asumir el mantenimiento de los robots Da Vinci de Valdecilla. El Alto Tribunal puso así fin a cuatro años de pleito entre Sanidad y la empresa, que tendrá que sufragar los 163.000 euros anuales que supone la gestión del sistema quirúrgico.
A ello hay que sumar que el Juzgado de lo Social 3 de Santander ha estimado la demanda interpuesta por el despacho Juan Manuel Ruiz Abogados y declara improcedente el despido de un trabajador autónomo que prestaba servicios como coordinador de sistemas para Ingeniería Electrónica SA, vinculada a Telefónica y subcontrata dentro del proyecto del Smart Hospital Cantabria. Es decir, que estaba empleado como falso autónomo.
Esta sentencia demuestra la relación de dependencia o subordinación y organización entre las partes, debido que el trabajador realizaba su trabajo bajo la dirección, vigilancia y órdenes de la empresa principal. Entre las pruebas presentadas está que el trabajador emitía unas facturas de igual montante todos los meses (retribución fija mensual) a un único cliente y percibía su retribución a final de mes. Además, el material de trabajo era suministrado por la empresa, tanto el portátil como el teléfono móvil.
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