Secciones
Servicios
Destacamos
El semáforo covid deja este martes 15 municipios cántabros, tres más que la semana pasada, en nivel 3 de riesgo. Así los ayuntamientos en este escalón son Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Piélagos, Suances, Cabezón de la Sal, Medio Cudeyo, Cartes, Entrambasaguas, Villaescusa, Campoo de ... Enmedio, Liérganes, Arnuero, Selaya y Liendo. De ellos, solo Santander, Castro y Piélagos estaban ya la semana pasada en este nivel, mientras que los doce restantes han elevado su nivel de riesgo tras el empeoramiento de la situación epidemiológica en los últimos días.
Además, otros 20 municipios, 18 menos que la semana anterior, se encuentran en nivel 2 (riesgo medio), mientras que los 67 restantes mantienen el nivel de incidencia por covid en riesgo bajo. Este es el resultado de la actualización del semáforo covid que Salud Pública ha dado a conocer tras tener en cuenta, desde la semana pasada, la población flotante de la región.
La lista de los 20 municipios en nivel de riesgo 2 incluye a Camargo, El Astillero, Santa Cruz de Bezana, Santoña, Los Corrales de Buelna, Colindres, Ribamontán al Mar, Reinosa, Bárcena de Cicero, San Vicente de la Barquera, Noja, Comillas, Corvera de Toranzo, Bareyo, Arenas de Iguña, Riotuerto, Hermandad de Campoo de Suso, Villafufre, Ruesga y Ampuero.
Las medidas correspondientes al nivel de alerta de cada uno de los municipios afectados entrarán en vigor a las 00.00 del jueves, 2 de septiembre.
Los jueces han vuelto a respaldar la decisión de la Consejería de Sanidad de cerrar los locales de ocio nocturno de Cantabria. Esto supone que las discotecas y pubs sin licencia especial seguirán cerrados en los municipios de la región afectados, el resto de establecimientos podrán abrir hasta las 03.00 horas.
En un auto que se ha notificado este martes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza el último recurso de la Asociación de Hostelería de Cantabria contra la resolución del tribunal en la que apoyaba la medida adoptada por Sanidad. Los hosteleros entendían que el tribunal «ha cambiado de criterio» respecto a pronunciamientos anteriores en los que atendieron sus peticiones. «No parece razonable que ese criterio se cambie a medida que avanza, por un lado, el daño acumulado al sector y por otra parte mejora la evolución de la pandemia».
Sin embargo, la Sala rechaza esa aseveración. «No estamos ante vicio jurídico alguno, sino ante una expresión de la variabilidad en la interpretación del Ordenamiento, consustancial a nuestro sistema judicial e, incluso, puede sostenerse que beneficiosa si aporta algo al dinamismo del Derecho».
Dicho esto, el tribunal se remite al auto que habían recurrido los hosteleros en el que apuntó que «los intereses generales y sanitarios prevalecen sobre los intereses económicos del sector representado por la asociación recurrente«. »El perjuicio económico es siempre reparable, la concreción desgraciada del riesgo de contagio por covid puede no serlo nunca«, añadieron.
La Sala estableció que, a diferencia del toque de queda, en este caso no hay una limitación de derechos fundamentales y que, sin embargo, el derecho a la vida y a la integridad física sí lo son. «Y los poderes públicos están obligados no solo a su respeto pasivo, sino a una actividad de protección y prevención, a cuyo fin la lucha contra una pandemia que provoca fallecimientos y graves deterioros de la salud es una actuación ineludible». El tribunal también cree que los perjuicios que el acto impugnado por la hostelería pudiera ocasionar al sector son «de carácter económico y, por ende, reparables a posteriori». Y justifica las medidas de Sanidad al considerar que en los locales de ocio nocturno existe un «contacto social próximo e intenso» y son lugares donde es «extremadamente difícil adoptar medidas preventivas generales, como es el uso de la mascarilla y la distancia interpersonal».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.