![Una sentencia permite a Ferrovial reclamar los dos millones de sanciones aplicadas en Valdecilla](https://s3.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/201904/03/media/cortadas/valdecilla-khrB--624x385@Diario%20Montanes.jpg)
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El laberinto de pleitos judiciales en el que están inmersos el Gobierno de Cantabria y la adjudicataria del contrato de colaboración público-privada de Valdecilla, Smart Hospital (Ferrovial-SIEC), acaba de encontrar una salida sorpresa, que permite a la empresa tomar aire, aunque se ... lo quita de cuajo a la Administración. En concreto, una bocanada insuflada por los 2,2 millones de euros en juego. Y ahora viene la explicación.
Desde el inicio de la legislatura, la Consejería de Sanidad, que dirige la socialista María Luisa Real, ha batallado contra un modelo de gestión que no comparte «en absoluto». Encargado de velar por el cumplimiento del contrato, el Servicio Cántabro de Salud (SCS) se volcó en el control a la concesionaria, que además de acabar las obras de las Tres Torres del hospital, asumió la gestión de los doce servicios no asistenciales durante veinte años. Y allí donde se detectaba un fallo, se aplicaba una deducción. Sanciones que mes a mes, desde noviembre de 2016 que empezaron a aplicarse, han supuesto un montante de 2,2 millones de euros. De media, 85.000 euros mensuales, que la empresa ha recurrido una por una -de hecho, actualmente tiene treinta pleitos pendientes, los equivalentes a los años 2017 y 2018, más los últimos meses de 2016 y los primeros de 2019-.
Pues bien, ahora, en virtud de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Adminitrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que no es firme (cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo) se abre la puerta a que todas esas deducciones puedan ser devueltas por el Gobierno a Smart Hospital. Al menos esa es la interpretación que se realiza desde el entorno de la mercantil, porque la lectura que hacen los servicios jurídicos del Ejecutivo no contempla esa posibilidad.
¿Cómo se llega a este punto? Todo comienza a raíz del proceso judicial iniciado por la propia Consejería contra la cláusula firmada por el gerente de Valdecilla en la 'era Buruaga' (PP), César Pascual, que ampliaba el plazo dado a la adjudicataria del contrato antes de activar el mecanismo de sanciones en caso de incumplimiento. La Administración interpretó que esa prórroga de seis meses -firmada el 17 de junio de 2015, justo antes del cambio de Gobierno, aunque el SCS la descubrió en octubre del año siguiente- era «lesiva para los intereses públicos». Y así se lo reconoció el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Santander, que anuló el pasado febrero dicha cláusula (en este caso también la empresa lo ha recurrido). Pero hay que remontarse al 9 de enero de 2017 para seguir el hilo de la historia.
Es en esa fecha cuando Smart Hospital interpone recurso contra el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se convalida la suspensión de la cláusula de César Pascual por parte de su sucesor en la Gerencia, Julio Pascual. En su demanda, la empresa argumenta que «no hay un interés público en juego que pueda resultar afectado y requiera la medida de suspensión para salvaguardarlo; ni existe riesgo de perjuicios irreparables como pretende hacer ver la Administración», porque, a juicio de la mercantil, «todo se reduce a aspectos económicos susceptibles de ser valorados posteriormente a tenor de las cláusulas del propio contrato». La clave, según se desprende de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso este periódico, es si la declaración de lesividad debía haber sido previa a la anulación de la famosa cláusula de César Pascual. Por ello, estima el recurso de la empresa e invalida el acuerdo del Consejo de Gobierno, que era la base legal sobre la cual se empezaron a aplicar las deducciones por faltas en el funcionamiento de los servicios asumidos por Smart Hospital, «con expresa condena a la Administración demandada en las costas procesales».
Así las cosas, desde el entorno de la adjudicataria del contrato de colaboración público-privada entienden que esta decisión abre la puerta a la devolución de las penalizaciones acumuladas desde que el SCS empezó a sancionar por los incumplimientos detectados, la mayoría relacionados con el servicio de limpieza. En su día, César Pascual resolvió que «la aplicación del mecanismo de deducciones y la entrada en vigor de los objetivos de rendimiento vinculados al estado de la infraestructura y la calidad de los servicios» sería «a partir de los seis meses de la entrada en funcionamiento de los mismos» en las Tres Torres -esto es, una vez concluido el macrotraslado de los servicios clínicos y con el nuevo edificio a pleno rendimiento-, «fecha en la que deberá estar en funcionamiento el sistema informático a través de la plataforma Aurora», la herramienta para registrar las incidencias que también se demoró por encima de lo previsto y de cuyo diseño se encargó la propia empresa.
Sin embargo, y ahí está el otro punto clave del asunto, cuando el anterior gerente de Valdecilla firmó aquella resolución se suponía que debían establecerse al detalle los indicadores cuantitativos de calidad exigibles a la empresa, de tal forma que hubiera un sistema de medición de los fallos y en función de la gravedad de los mismos se establecieran las cuantías de las penalizaciones. Pero ese sistema no se ha desarrollado en esta legislatura, que ya cuenta sus últimas semanas. La empresa, que siempre se ha mostrado partidaria de no entrar en discusión con el Gobierno, que al fin y al cabo es su cliente, ha dejado entrever en alguna ocasión la arbitrariedad de esas sanciones. Y prueba de su total desacuerdo es que las ha ido recurriendo mes a mes. La sentencia establece que «mientras se sustancia el expediente de lesividad debe mantenerse la ejecución del acto de 17 de junio de 2015 dictado por el director gerente de Valdecilla sobre la interpretación de la aplicación del periodo de carencia de seis meses desde la prestación del servicio correspondiente por no acreditarse los perjuicios de imposible o difícil reparación exigibles».
En definitiva, la Sala da validez ejecutiva a la cláusula de César Pascual, la misma que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Santander declaraba nula en febrero. Aunque el Gobierno aún no se ha pronunciado al respecto de las consecuencias de esta última sentencia, este periódico ha podido saber que se plantea recurrir ante el Supremo.
La consejera de Sanidad ha criticado en distintas ocasiones que pasaron 25 meses hasta que se pudieron iniciar las deducciones a Smart Hospital por las incidencias detectadas en la gestión de los servicios no clínicos de Valdecilla.
En febrero, tras conocer la sentencia que anulaba la cláusula de César Pascual por considerarla lesiva para los intereses públicos, lamentó que como consecuencia de aquella resolución de 2015 «no se pudo hacer la primera deducción a la empresa hasta noviembre de 2016, cuando el punto de partida debería haber sido seis meses después de la firma del contrato (fue en enero de 2014) y de que la empresa asumiera la gestión de los servicios no clínicos».
Real hizo incluso un cálculo del importe al que podían haber ascendido las sanciones que no llegaron a ponerse: próximo a los dos millones de euros. «Si en la actualidad la media es de 85.000 euros mensuales, sólo hay que multiplicar esa cifra por esos dos años largos», añadió.
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