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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha vuelto a desestimar la medida cautelar solicitada por la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC) de suspender el cierre del interior de los establecimientos de hostelería, en vigor desde el miércoles, 14 de abril.
Se trata de la sexta vez que, a lo largo de esta pandemia, los hosteleros han vuelto a ver denegada su petición de suspender esta medida adoptada desde la Consejería de Sanidad del cierre del interior de sus locales, con lo que deberán seguir prestando su servicio solo en terraza, permitiéndose la entrega a domicilio o la recogida en el establecimiento.
Así se indica en un auto dictado este mismo martes por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, en el que se indica que aceptar la medida cautelar solicitada una vez más por los hosteleros crearía «situaciones jurídicas irreversibles, haciendo ineficaz la sentencia que se dicte e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos».
Además, en el auto la Sala indica que la actora, en este caso la Asociación de Hostelería, «no aporta prueba de los perjuicios que la aplicación inmediata de la medida cuestionada puede acarrear«. Aunque reconoce que conlleva «obvios perjuicios económicos a los establecimientos», considera que éstos son «reparables a posteriori».
Además, sostiene que frente al perjuicio económico, e «incluso moral y laboral» del sector, hay que poner en el otro lado «de la balanza simbólica de la ponderación está el interés general sanitario, la funcionalidad del sistema público de salud, el derecho a la salud de las personas y su derecho a la vida».
«La prevalencia de estos intereses generales, valores y derechos sobre los intereses económicos del sector representado por la Asociación recurrente es evidente», indica.
Contra este auto, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 5 días desde su notificación.
En esta ocasión, los hosteleros habían presentado esta medida cautelar de suspensión del cierre de la hostelería tras la resolución del consejero de Sanidad de 13 de abril, publicada ese mismo día en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Cantabria, en la que, con motivo de la vuelta de Cantabria al nivel de alerta 3 por el Covid, se endurecían las restricciones.
El auto llega una vez recibido el escrito de alegaciones del Gobierno de Cantabria contra el recurso de la Asociación de Hostelería. En ese escrito, el Ejecutivo defiende que «no hay arbitrariedad» en las últimas restricciones que afectan al cierre interior de los establecimientos hosteleros, sino que responden a la «aplicación de las medias adoptadas en el marco del Consejo Interterritorial de Salud». «En Cantabria, la adopción de la medida como la que se recurre ahora se ha adoptado siempre que el nivel de alerta sanitaria ha llegado al 3 y se ha mantenido mientras que no se reduzca el nivel de alerta en función de los distintos parámetros a tener en cuenta: evaluación del nivel de transmisión y el nivel de utilización de los servicios asistenciales por covid-19», según las alegaciones del Gobierno.
Para apoyar sus tesis, el Gobierno regional ha remitido a la Sala un informe de evaluación de riesgo y propuesta de actuaciones de respuesta ante la situación epidemiológica de covid-19, elaborado por Salud Pública; seis informes sobre la situación de covid en Cantabria entre el 14 y el 19 de abril; y otro informe de 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid (actualizado a 26 de marzo)', aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
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