Agradezco a mi compañero Raúl Gómez Samperio que me ceda el comienzo de esta serie, tras su artículo introductorio, y que la iniciemos justamente con la entidad que señala el ámbito histórico, político y administrativo que enmarca el principal ámbito de atención de nuestro periódico ... y el que le ha dado todo su sentido informativo. Iniciamos, pues, esta serie de artículos sobre instituciones centenarias de Cantabria con la Provincia de Santander, que perfectamente podemos identificar, con algunos matices administrativos, con la actual Comunidad Autónoma de Cantabria. Téngase en cuenta que hablamos de Santander no como la ciudad capital de un espacio definido, sino como el territorio más amplio que así fue denominado. Voy a obviar, por tanto, la cuestión, harto debatida, de la nominación del territorio a lo largo del tiempo (Cantabria, La Montaña, Peñas al Mar, etc...)
Para conocer el desarrollo de la provincia histórica existen numerosos estudios, fraguados especialmente a partir de la Transición democrática y en el entorno sobre todo de dos instituciones fundamentales en los estudios sobre Cantabria, el Centro de Estudios Montañeses y la Universidad de Cantabria. Citaré, entre los estudiosos más notables del tema, a los desaparecidos Benito Madariaga y José Luis Casado Soto, y a los profesores José Ortega Valcárcel, Manuel Suárez Cortina, Juan Baró y Manuel Estrada.
Es importante señalar que existieron instituciones que reflejaron en su propio nombre la distinción territorial. De origen medieval es la Hermandad de las Cuatro Villas de la Costa de la Mar, que abarcaría después el corregimiento de su nombre, sobre la franja marítima de la posterior provincia. Parece claro, no obstante, que el siglo XVIII trajo una serie de cambios sociales, económicos y religiosos que iban a ayudar a configurar lo que luego iba a ser la provincia, con territorios hasta entonces adscritos a las provincias limítrofes de Burgos, Palencia y Oviedo. En 1754, después del acondicionamiento del camino con Castilla, se creó el obispado y al año siguiente Santander recibió el título de ciudad; fueron además fundamentales la liberalización del comercio marítimo y la creación del Real Consulado de Mar y Tierra de Santander. Un informe de la época aludía ya a la «separación de la provincia de Burgos según la naturaleza la señala por una cordillera de montañas elevadísimas».
La orografía remarcaba fronteras, pero también lo hacían las directrices políticas de cada momento. Los límites del partido y bastón de las Cuatro Villas de la Costa de la Mar fueron el gran anhelo de las veintiocho jurisdicciones que en 1778 constituyeron la llamada Provincia de Cantabria en la Casa de Juntas de Puente San Miguel, sede de la asamblea de los Nueve Valles de Asturias de Santillana que, con sus privilegios, ordenanzas y libertades, habían integrado desde 1581 Alfoz de Lloredo, Cabezón, Cabuérniga, Camargo, Cayón, Penagos, Piélagos, Reocín y Villaescusa. Su unión fue aprobada por Carlos III. Ya en 1727 había habido un intento de unir «todo el partido y bastón de las Cuatro Villas de la Costa de esta Provincia de Cantabria», con unas ordenanzas que, sin embargo, no llegaron a ser ratificadas por el rey. Es reseñable citar entidades que, en los siglos XVIII y XIX, reconocían una relación territorial concreta, como la Real Sociedad Cantábrica, el Instituto Cántabro o los regimientos y batallones que llevaban consigo el nombre de Cantabria.
Intentos provinciales
A comienzos del siglo XIX se sucedieron varias fórmulas administrativas provinciales: la provincia marítima de 1801, el departamento de Cabo Mayor en 1809, la prefectura de Santander en 1810, la intendencia de 1816 y la provincia de 1822. Esta última es la que prácticamente configuró la provincia cuyos límites hoy conocemos, establecida por Javier de Burgos el 30 de noviembre de 1833, dentro de una amplia reforma político-administrativa acorde con la transición del Antiguo Régimen al Estado Liberal. El 1 de octubre de aquel año había aparecido el primer número del Boletín Oficial de la Provincia de Santander. Podemos decir que la siguiente gran reforma administrativa sería la del Estado de las Autonomías, con la organización del Reino de España que hoy conocemos.
Leemos en el Real Decreto de constitución de 1833 los límites provinciales: «Esta provincia confina con el norte con el Océano Cantábrico, por el este con Vizcaya y Álava, por el sur con las de Burgos y Palencia y por el oeste con la de Oviedo. El límite norte es la costa del mar desde el punto divisorio actual de Asturias hasta el río que pasa por Ontón. El límite este es la actual línea divisoria de Vizcaya y Álava hasta encontrar el de la provincia de Burgos. El límite sur empieza en la Calera, y sigue por el límite actual del valle de Mena y Tudela, que quedan para Burgos, y el de Soba hasta el mojón de Retuerto, desde donde sigue por la línea divisoria de las merindades de Castilla, dejando estas para la provincia de Burgos hasta encontrar el límite actual de Reinosa, que pertenece a esta. El límite oeste es el que tiene actualmente con Asturias, quedando para esta provincia Peñamellera y Ribadedeva con sus términos».
En el libro 'Los hitos de un histórico conflicto territorial entre Cantabria y el País Vasco: El caso Agüera (Guriezo) y Trucíos', Baró defiende la integridad de los límites de Cantabria frente a las pretensiones vascas, que han pleiteado también por los límites de Ontón: las fuentes históricas demuestran su validez y contundencia en términos judiciales.
Unidas intrínsecamente a las provincias, las diputaciones se crearon a partir de la Constitución de 1812 como órganos de gobierno que asumían las competencias de las juntas superiores creadas en el contexto de la Guerra de la Independencia. En 1820, durante el Trienio Liberal, se constituyó la Diputación Provincial de Santander separada de la de Burgos, con un jefe político que controlaba la administración municipal y repartía las contribuciones estatales. Dentro de Castilla la Vieja se crearon las provincias de Logroño, Santander y Soria. A partir de 1835, la Diputación asumió plenamente las funciones de gobierno. Entre los hitos reseñables de esta institución cabe señalar la Ley de Bases de Régimen Local (en vigor entre 1945 y 1979) y que en 1963 el presidente de la Diputación Provincial de Santander, Pedro Escalante, propusiera, sin éxito, cambiar su nombre a Diputación Provincial de Cantabria. En 1982, en virtud de la aprobación del Estatuto de Autonomía, la Diputación Provincial de Santander cambió su nombre al de Diputación Provincial de Cantabria.
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