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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no tienen perdón de Dios. Frase hecha. Dos Ministerios que tanto pecan por acción como por omisión. El de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Y el de Hacienda y ... Administraciones Públicas. Tal para cual.
Entrambos, llevan más de un cuarto de siglo sisando a los pensionistas provenientes de las Mutualidades Laborales, por las que cotizaron rigurosamente. Y ahora que pregonan su intención de reparar lo irreparable —pues son legión los que se fueron al otro mundo sin disfrutar en vida de un dinero que era suyo y sólo suyo y que la insaciable Administración les sustrajo al no aplicarles de oficio un artículo que está en la ley— se regodean en pasarse el uno al otro 'la patata caliente'. Y tan campantes.
Peregrinar a ambos organismos ha devenido práctica nacional. En Santander, faltan sillas en las salas de espera para tanto mutualista que acude a dichos entes oficiales en busca de orientación y lo que recibe en mano en el INSS es un papeluco que remite a personarse en la AEAT, donde se les procura otro papeluco el Modelo DT 2, «Solicitud devolución por aportaciones a Mutualidades», autocráticamente mal diseñado y redactado, profuso, difuso y confuso, antirreglamentario, coercitivo y sin ánimo de contrición. Ni arrepentimiento. Ni dolor de corazón. Ni propósito de enmienda. Nada.
Sirva de aviso: No se trata de que devuelvan lo confiscado (ingreso indebido) cuanto de arreglar definitivamente lo que está mal para ajustarlo a derecho. El INSS debe deducir de la pensión mensual asignada al pensionista la parte exenta de impuesto fiscal (por DT 2ª) y hacer la retención e ingreso en la AEAT que marca la ley. Y con el dinero líquido que es del pensionista en el bolsillo, permitir que éste se tome una copa en familia a su salud. Y brinde por su incierta salvación. Si tal cosa existe.
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