![Patrimonio recaba documentación de la Fiscalía para zanjar la pesquisa de El Juyo](https://s3.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/202111/10/media/cortadas/69054628--1248x780.jpg)
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La Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica del Gobierno de Cantabria está recabando toda la información reciente sobre la cueva de El Juyo, en Igollo (Camargo), y todo lo que ha pasado a su alrededor en los últimos años. En esa tarea, el ... departamento de Zoraida Hijosa está colaborando con la Fiscalía Superior de Cantabria, organismo que de hecho ya abrió -y después archivó- una investigación sobre las obras acometidas hace tres años por la Junta Vecinal de Igollo a raíz de una denuncia presentada por un vocal de la pedanía. Y aunque el Ministerio Público ya juzgó que no hubo delito de prevaricación las indagaciones jurídicas no dejan de tener valor a ojos de Patrimonio, empeñado en conocer hasta el último detalle de aquellos trabajos de mejora del terreno ejecutados a pocos metros de esta guarida prehistórica protegida por la Ley de Patrimonio.
Nadie con mando en plaza en el Ejecutivo pareció enterarse de nada hasta dos años y medio después. En enero de 2021, Patrimonio acusó a la Junta de poner en riesgo el equilibrio natural de la cavidad. Pero eso es sólo una congetura. Los posibles daños al Patrimonio Histórico y Cultural siguen pendiente de esclarecerse en un informe geológico que está elaborando la Universidad de Cantabria (UC) por encargo de la Dirección General. ¿Cuándo verá la luz? Desde el Ejecutivo hablan ahora de un plazo «breve».
En cuestión de días, la UC podría evidenciar que la Junta Vecinal, aún con buena intención, terminó alterando por completo el entorno de la cueva y, con ello, el sistema que se cobija en su interior. Sólo en ese caso, el Gobierno de Cantabria podría poner sobre la mesa la Ley de Patrimonio Cultural y los daños al Patrimonio Histórico y Cultural, tipificados como delito en el Código Penal incluso cuando se ocasionan por imprudencia. Para hacerse una idea apróximada de la severidad de los castigos, la norma dicta multas «desde los 100 euros, cuando no existen daños pero sí se ha realizado una actividad arqueológica sin autorización; hasta los 150.000, cuando sí se provoca un perjuicio contra el bien protegido.
Ahora, los castigos son más duros cuandoel patrimonio sí queda vulnerado. En su artículo 323, el código penal dicta penas de prisión «de seis meses a tres años -o multa de 12 a 24 meses- en aquellos casos en los que se causen trastornos en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos». El artículo siguiente también aborda el tema cuando el móvil es la «imprudencia grave». En tal caso, el causante de unos daños de valor superior a 400 euros podría responder con «una pena de multa de tres a 18 meses».
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