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El juicio del caso Proconor, que afecta al desarrollo urbanístico que dio lugar a la apertura de un vial que no estaba previsto en el planeamiento urbanístico, ha quedado este viernes visto para sentencia, manteniendo la Fiscalía la petición de penas para los acusados, ... entre ellas un año de cárcel para el exalcalde Fernando Muguruza y la ingeniera municipal María del Carmen Villanueva.
Ambos están acusados de un delito de prevaricación urbanística, el primero por la concesión de la licencia, aún sabiendo que era contraria a la legalidad, y la segunda como cooperadora necesaria, al haber emitido un informe favorable contrario a otro que había elaborado anteriormente en el que «reconocía que no se podía autorizar», según ha destacado la Fiscalía en sus conclusiones.
El juicio que se ha venido celebrando desde el pasado 27 de mayo en el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha concluido este viernes con solo 15 de los 20 acusados inicialmente, ya que después de que el primer día fuera exonerado el secretario municipal César Saiz, tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares han declinado acusar a cuatro concejales por entender que no participaron en las comisiones municipales en las que se aprobaron los supuestos hechos delictivos.
Con la exculpación de Guzmán Miranda, Marta González, Elisa Cantero y Ana Zubiaurre, se ha mantenido la acusación para la ingeniera municipal y 14 concejales de las corporaciones presididas por Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza, entre los años 1999 y 2007 en los que acontecieron los hechos que se juzgan.
Además, la Fiscalía también ha retirado la petición de derribo del edificio Proconor de Castro Urdiales, al haber quedado acreditado que el inmueble no invade suelo destinado a equipamiento deportivo y considerar que «la demolición causaría un perjuicio desproporcionado».
En sus conclusiones, la fiscal Pilar Santamaría ha considerado que durante el juicio ha quedado acreditado que los acusados «impusieron su voluntad, su criterio y el interés político por encima del interés general y el acatamiento de la ley», subrayando que «todas las vicisitudes» de lo ocurrido quedaron «recogidas en actas».
También ha destacado que no cabe apelar al «mantra» esgrimido por alguno de los acusados de que carecían de formación jurídica porque eso «no evita el reproche penal». Además, ha dicho que la Comisión Regional de Urbanismo (CROTU) ya había emitido un informe desfavorable a la apertura del vial que quería autorizar el Ayuntamiento.
La fiscal también ha recordado que el propio Díaz Helguera, en el pleno de abril de 2000, afirmó que «no era deseable que hubiera trasiego de coches en una zona deportiva» y alertó de que «no se podían» invadir terrenos dotacionales.
Según ha destacado, aún conociendo que la CROTU había informado de que para abrir nuevos viales se debía modificar el PGOU, en julio de 2002 el pleno aprobó un estudio de detalle de la citada unidad de ejecución en el que se recoge la apertura de un vial sobre terrenos destinados a equipamientos público.
«Todos sabían que estaban aprobando un vial que vulneraba la ordenación del territorio y que era una ilegalidad«, ha destacado la fiscal, para quien era un acto »tan burdo que hasta la propia ingeniera municipal había dicho que no se podía autorizar«, aunque posteriormente informara favorablemente.
La fiscal ha tildado de «farsa» y acto de una «desfachatez que sonroja» que el exalcalde Fernando Muguruza citara a parte de los propietarios de los terrenos para acudir a un notario y plasmar en un acto notarial el compromiso de aprobar el instrumento de planeamiento y los sucesivos de gestión.
Para la acusación pública, en aquella notaría se hizo un «simulacro de unos instrumentos que no existían y no se habían aprobado», con una firma de un documento «de tamaña grosería» que no fue más que una «farsa» y una «felonía»
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