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La Audiencia de Cantabria ha suspendido el juicio del caso de La Loma hasta el 26 de noviembre, cuando comunicará a las partes su decisión sobre las dos peticiones que han planteado las defensas en las cuestiones previas: la nulidad de la instrucción ... y que la Junta de Santullán sea apartada de la causa.
La falta de legitimación de la junta vecinal para ejercer como acusación por presuntas irregularidades en el desarrollo urbanístico de La Loma de Castro Urdiales ha centrado la argumentación de las defensas en esta segunda sesión dedicada a las cuestiones previas, aunque también los letrados han vuelto a incidir en las razones que, en su opinión, deberían llevar al tribunal a anular la instrucción del juez Luis Acayro Sánchez, informa EFE.
En el supuesto de que la Sala acordara el próximo martes apartar a la Junta Vecinal, el caso daría un nuevo giro. El número de encausados quedaría reducido a los seis para los que la Fiscalía mantuvo la acusación cuando, el 1 de octubre, anunció su decisión de retirar los cargos a 39 de las 45 personas contra las que se dirigía inicialmente.
Entre esos seis acusados están los ex alcaldes Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza, mientras que la Junta de Santullán no acusa al primero pero sí al segundo y además pide que sean condenados los concejales de su equipo de gobierno, que han quedado fuera del nuevo escrito de la fiscalía.
La Junta Vecinal acusa en total a once personas y pide una indemnización de más de 204.000 euros por los caminos «destruidos» en el desarrollo urbanístico del sector SUNP12, además de adherirse a la petición de derribo de las 46 viviendas afectadas.
Tanto el Ministerio Público como la acusación particular han argumentado este martes que no cabe la nulidad de la instrucción que reclaman los abogados de los acusados, que consideran que el juez abrió una «causa general» contra ellos, no fue imparcial y vulneró su derecho constitucional a la legítima defensa.
La fiscal ha recordado que en otros procedimientos relacionados con el urbanismo en Castro Urdiales se ha invocado la causa general como motivo para reclamar la nulidad, un motivo que cree que no puede prosperar. A su entender, durante una instrucción van apareciendo nuevos indicios que va dirigiendo la acción.
También ha subrayado que al instructor no le están prohibidas las valoraciones y ha recordado a las defensas que «el derecho penal del siglo XXI es muy distinto al decimonónico».
En relación a la Junta Vecinal, ha afirmado que es la Sala la que debe valorar las motivaciones que le han llevado a modificar su escrito dirigiendo las acusaciones contra unos y no contra otros, y si se pueden explicar por las adscripciones políticas en cada momento.
La Junta Vecinal ha rechazado la existencia de motivos «espurios o políticos» en el ejercicio de la acusación particular en este procedimiento.
Ha defendido que está legitimada por un acuerdo y que está acreditada la titularidad del camino que fue la causa primera de la denuncia.
Además ha afirmado que aunque es consciente la gravedad de las acusaciones, por delitos de prevaricación, prevaricación urbanística cohecho y falsedad, lo que está en juego no es la normativa urbanística sino el derecho de los vecinos de disfrutar de un medio ambiente adecuado, por el que debe velar.
Según el letrado Ignacio Uriel, abogado de Fernando Muguruza, es una «anomalía jurídica» que la Junta Vecinal ejerza la acusación particular porque no cabe decir que haya resultado perjudicada por las actuaciones que se juzgan y ni siquiera puede serle reconocido el derecho a indemnización alguna.
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