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El derrumbe de parte del edificio de la calle del Sol se produjo el 19 de julio. Antonio 'Sane'
El Ayuntamiento mantiene la propuesta de máxima sanción por el derrumbe de Sol

El Ayuntamiento mantiene la propuesta de máxima sanción por el derrumbe de Sol

Santander ·

La instructora desestima las alegaciones e insiste en la responsabilidad del promotor de la reforma del 'Máster', del director de obra y del contratista | El expediente llega el jueves al Pleno

Sábado, 21 de abril 2018, 08:08

La instructora del expediente abierto por el Ayuntamiento de Santander por el derrumbe de parte del edificio de la calle del Sol mantiene la petición de máxima sanción para el promotor de la reforma del pub 'Máster' (Dos Imanes Producciones), para el director de las obras (Pedro Martínez Leal, de la empresa Tainsa) y para el contratista (Millan IC Multiservicios) después de analizar y desestimar las alegaciones presentadas por las partes. La instructora insiste en que ha quedado «probado» que en la reforma del pub 'Máster' se produjo un exceso de obra y que dicha actuación fue la causa del derrumbe parcial del edificio (sin perjuicio de que puedan demostrarse otras circunstancias) por lo que considera responsables al promotor, al director y al contratista.

El expediente municipal, una vez estudiadas y rechazadas las alegaciones presentadas, llega ya a los grupos municipales para ser analizado y debatido en la comisión municipal de Urbanismo (este mismo lunes) antes de su votación final en el Pleno, el jueves. Los afectados, una vez sea comunicada la resolución, dispondrán de un plazo de un mes para presentar un recurso de reposición y, una vez resuelto, otros dos meses si optan por acudir al contencioso administrativo.

PROPUESTA DE SANCIÓN

  • Sanción económica por importe de 15.000 euros.

  • Inhabilitación de cuatro años para obtener subvenciones y ayudas públicas que dependan del Ayuntamiento de Santander.

  • Prohibición durante cuatro años para celebrar contratos con el Ayuntamiento de Santander.

  • Obligación de restaurar el orden alterado y de reponer los bienes afectados al estado anterior a los hechos.

  • Obligación de indemnizar los daños u y perjuicios causados a los perjudicados por el derrumbe, en la medida que se acredite su existencia y cuantía.

La propuesta de resolución que llega ya a los partidos políticos no ofrece novedades respecto a la inicial redactada por la instructora. Se mantiene la petición de máxima sanción: es decir, una sanción económica de 15.000 euros para cada uno de ellos, inhabilitación de cuatro años para obtener ayudas y subvenciones públicas del Ayuntamiento, prohibición durante cuatro años de contratar con el Ayuntamiento, la obligación de restaurar el edificio a su estado anterior e indemnizar los daños y perjuicios causados a los perjudicados.

La propuesta de acuerdo que presentará a los grupos municipales el concejal de Urbanismo, César Díaz, hace suyo el informe de la instructora una vez rechazadas las alegaciones técnicas. Estas, en un breve resumen, esquivan posibles responsabilidades en el derrumbe, argumentan que las obras quedaron legalizadas tras la concesión de la licencia de obra mayor y por lo tanto no puede hablarse de exceso de obra, sostienen que las actuaciones a las que fue sometido el edificio con anterioridad a la obra en el Máster (ascensor y reformas en algunos de los pisos) influyeron en su colapso y por lo tanto no pueden considerarse prescritas, y afirman que los técnicos municipales informaron favorablemente de la obras.

Todas estas alegaciones han sido rechazadas por los informes técnicos encargados por el Ayuntamiento, que concluyen que «de no realizarse las obras en el local, el derrumbe del día 19 de julio no se hubiera producido»; «que las obras en el local han de considerarse la causa principal y eficiente del derrumbe parcial del edificio (el hecho determinante fue la eliminación de la solera y rebaje de unos 60 centímetros del suelo del local)»; y «que no se ha podido concretar el grado de concurrencia de otras posibles causas del derrumbe».

Las alegaciones

¿Y qué han alegado cada uno de los actores implicados en el expediente?

Dos Imanes Producciones expone en su escrito que «no es un promotor inmobiliario» y que en ningún momento dio instrucciones ni elaboró ni dirigió el proyecto. Recuerda que para estos trabajos contrató a dos empresas «de conocida solvencia y experiencia» (Tainsa y Millan). Sostiene que las obras realizadas en el 'Máster' se realizaron «al amparo» de las licencias concedidas, que la apertura de los huecos en la fachada y la modificación del solado eran «obras autorizadas» y, en cualquier caso, los excesos de obra «son legalizables». Además, refiere que ha habido «un incumplimiento» del deber de conservación «que no ha prescrito»; que el Ayuntamiento «debió» detectar anomalías en la fachada; y que las patologías previas «harían que el edificio se derrumbase por sí solo». Por último, el promotor de la obra insiste en que la sanción de reponer el edificio a su estado original no puede articularse a través de un procedimiento sancionador y debe requerir un expediente de restauración de legalidad urbanística.

Tainsa (dirección de obra) argumenta en sus alegaciones que las obras del 'Máster' «no fueron la causa del derrumbe»; que Javier Ruiz Ocejo (uno de los socios de Dos Imanes) «se encargó de tutelar o dirigir la redacción de los planos»; que en la solicitud de la licencia de obra menor «no figura el plano (que esgrime el constructor); que el rebaje de la solera «pudo ser conocido» por los técnicos municipales antes del derrumbe; y que con la concesión de la licencia de obra mayor «se legalizaron la actuaciones anteriores». Además, sostiene que las obras anteriores realizadas en el edificio «tuvieron relevancia en el siniestro».

En este último aspecto incide también la empresa Millan (constructora), que habla en sus alegaciones de «una concurrencia de causas» derivadas de actuaciones anteriores en el edificio que, en su opinión, no pueden quedar prescritas. Millan dice que su labor «se limitó a ejecutar el proyecto suministrado» y que en todo momento «siguió las instrucciones del promotor técnico y de la dirección de la obra». Además, asegura que el acondicionamiento del suelo se realizó «teniendo en cuenta el plano y mediciones» realizadas por Tainsa (que niega que existiera tal plano) y, por último, que los técnicos municipales informaron favorablemente la obra.

Las tres partes avalaron sus alegaciones con los correspondientes informes técnicos.

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