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La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dado a conocer este lunes los motivos por los que mantiene en prisión provisional, comunicada y sin fianza a Miguel Ángel Diez, jefe de servicio de Carreteras investigado por la supuesta adjudicación irregular de obras a cambio ... de mordidas. El tribunal desestima el recurso presentado por la defensa del funcionario al existir «riesgo de fuga» y «de ocultación y destrucción de pruebas», según informó el TSJC en una nota de prensa, ya que la Sección Primera ha decidido no hacer público el auto, a diferencia de otras ocasiones, bajo el argumento de que «la causa se encuentra en fase de instrucción».
Como ya adelantó El Diario Montañés la semana pasada, la Fiscalía y la acusación particular, que ejerce el Gobierno de Cantabria, se opusieron a la puesta en libertad de Diez. Y el tribunal resuelve «en el mismo sentido». Sobre el riesgo de fuga, la Sala considera que, «pese a los avances que se han pretendido introducir en materia de cooperación internacional, siguen existiendo posibilidades de colocarse fuera de la acción de la justicia una vez traspasadas las fronteras nacionales».
Ese riesgo «no es posible conjugarlo con otras medidas, ni siquiera con la fijación de una fianza», apuntan, en respuesta al recurso de la defensa que en su escrito proponía, por ejemplo, la comparecencia periódica en el juzgado del funcionario, la prohibición de salida o el establecimiento de la citada fianza, como opciones para que pudiera quedar en libertad. Sin embargo, el tribunal considera «difícil» entender la reiteración delictiva como motivo para mantener la medida de prisión, «pues no es previsible que, una vez descubierta la supuesta trama, esta vuelva a actuar».
Por otro lado, el tribunal hace mención a otro motivo para mantener la prisión como es la posible ocultación o destrucción de pruebas «en una fase incipiente de la instrucción, en la que, más aún en una investigación tan compleja, puede resultar necesario completar o asegurar determinadas fuentes de prueba».
El auto de la Audiencia es firme, ya que no cabe recurso alguno, «sin perjuicio de poder reproducir la petición a lo largo de la tramitación de la causa».
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