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Cada vez que se produce un trágico accidente en el que alguien pierde la vida por una mala acción de otra persona, es inevitable que ... se abra el debate sobre si las penas que conllevan esos actos son proporcionadas al daño causado. ¿Cuánto cuesta una vida? Es la pregunta que siempre planea. Y para los familiares de las víctimas no hay pena que resarza su pérdida.
Sin embargo, los familiares de Florentino Gómez 'Floren' –el ciclista de 67 años fallecido tras atropellado hace díez días por un conductor que se dio a la fuga– no se han resignado y han emprendido una batalla para que se endurezcan las penas del delito de omisión del deber del socorro, que en estos momentos –como el de abandono del lugar del accidente– está penado con hasta cuatro años de cárcel. «Me voy a dejar la piel para hacer justicia por mi padre. Tienen que cambiar las leyes, y si no lo consigo, me quedaré muy cerca», advirtió la hija del fallecido, Estefanía Gómez, el pasado viernes en una entrevista concedida a este periódico dos días antes de reunir a un millar de personas en Torrelavega en apoyo a su causa.
Para el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), José Luis López del Moral, la propuesta es «comprensible» por las características del suceso. «Lo primero en lo que se fijan las familias es en las penas. Entiendo que una persona afectada directamente por este delito postule una mayor sanción, es lógico y humano». Pero tras la última reforma del Código Penal de 2019, en la que se incluyó la creación del delito de abandono del lugar del accidente, «la pena es proporcionada a la conducta».
López del Moral coincide en que «si hubiera una pena superior, probablemente estas cosas no pasarían». «Y eso tiene cierto fundamento porque el legislador tiene el principio de prevención de las penas. Nosotros nos abstenemos de realizar conductas que están en el Código Penal, a lo mejor, porque si realizamos esta conducta la pena es muy elevada. Pero también lo que nos dice la doctrina penalista es que no por el mero hecho de elevar las penas se reducen las conductas. A veces ese excesivo punitivismo no tiene una correlación en la reducción de delitos de ese tipo».
El decano del Colegio de la Abogacía de Cantabria, Andrés de Diego, apela también a la «reforma reciente» y cree que las penas «son adecuadas a la conducta». «Además, legislar en caliente o modificar las circunstancias por un hecho tan traumático como este no parece lo más oportuno. Hay que legislar en frío, hemos visto las consecuencias de hacer reformas tan apresuradas y creo que hay que hacer una reflexión mucho más profunda sobre si la pena está proporcionada a la relevancia del hecho. Pero no me atrevo a aventurarme».
En esta misma línea, la decana de los Procuradores de Cantabria, Rosaura Díez, entiende que estamos ante un «drama personal y familiar», pero opina que «las penas son acordes con el delito del que se trata». «Si sumas los dos delitos que se le imputan al conductor (homicidio por imprudencia grave y delito de abandono del lugar del accidente), el castigo puede llegar a los ocho años de cárcel», explica.
En cambio, la consejera de Presidencia y Justicia, Paula Fernández, considera que sería bueno estudiar el endurecimiento de las penas en el delito de omisión del deber de socorro, una competencia estatal. «Hay que hacer balance de lo que ha ocurrido en las carreteras de España en los últimos años. Aunque no soy partidaria de legislar en caliente y sí de estudiar los supuestos».
Como consejera de Emergencias y Justicia, Fernández sostiene que lo más importante es la «prevención». «Las campañas de sensibilización que se están haciendo tienen que ser fundamentales para prevenir los accidentes y que no ocurran; el buen estado de las carreteras, donde creo que Cantabria tiene mucho avanzado y, como decía, todas las acciones que impliquen prevenir el accidente. No se puede dejar a una persona tirada en la calle que, si se la socorre, se le podría salvar la vida».
Por su parte, el edil de Seguridad de Torrelavega, Pedro Pérez Noriega, apuesta por un «cambio en la ley». «No sé puede admitir la denegación de auxilio o la conducción temeraria. En los dos casos sabemos que son agravantes pero no lo suficientemente penados por lo innecesario de la acción. Se trata de actuaciones evitables y debieran tener peores consecuencias penales».
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