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Concentración en el Centro Salud la Calle Vargas contra las agresiones a sanitarios. Daniel Pedriza
El Colegio de Médicos recurre la puesta en libertad del agresor del médico y el celador del Centro de Salud Los Castros

El Colegio de Médicos recurre la puesta en libertad del agresor del médico y el celador del Centro de Salud Los Castros

Los Servicios Jurídicos del organismo cántabro han decidido apelar la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Santander

DM .

Santander

Jueves, 19 de mayo 2022, 13:19

El Colegio de Médicos de Cantabria ha recurrido el auto del Juzgado Nº 3 de Santander por el que el agresor del médico del Centro de Salud Los Castros fue puesto en libertad en el día de ayer. La apelación ha sido planteada por los Servicios Jurídicos del Colegio de Médicos de Cantabria, explicitando su disconformidad con la decisión de la jueza García, titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Santander, quien consideró oportuno no mantener en prisión al joven con antecedentes que el pasado cinco de mayo agredió a un médico de familia de 36 años y a un celador en el Centro de Salud Los Castros de la capital cántabra.

La magistrada del juzgado santanderino tomó ayer dicha decisión con el argumento de «no podemos permitir que se adopten decisiones que no están suficientemente justificadas por presiones mediáticas o políticas». Con ello revocó de facto la medida adoptada por su compañero del Juzgado de Instrucción Nº4, Luis Enrique García, que, en funciones de guardia, decidió el pasado jueves enviar a prisión al agresor con el objetivo de asegurar la presencia del imputado en el proceso y evitar el posible riesgo de fuga. La decisión de la jueza, que puso fin a los seis días que el encausado ha pasado en prisión, incluyó también medidas cautelares, entre ellas una orden de alejamiento de un kilómetro respecto al médico y el centro de salud, donde también trabaja el celador agredido, así como la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer en el juzgado dos días a la semana.

En su auto, la magistrada profundizó en la causas que sostienen su decisión. Según pudo sabes este periódico, la jueza afirmó que «no podemos servirnos de un instrumento como es la prisión provisional para aleccionar, anticipar una futura condena, y menos aún para acallar las voces populares que a menudo se alzan sin conocer la ley y sin valorar oportunamente la situación y los requisitos que se exigen para adoptar una medida tan gravosa». En ese sentido, ahondo en su argumentación señalando que «no podemos permitir que por presiones mediáticas, políticas o de cualquier otro tipo se adopten decisiones que no se encuentran, a modo de esta juzgadora, suficientemente justificadas».

Con su decisión, la titular del juzgado santanderino ratificó la apelación del abogado del encausado, quien señalaba en su escrito que «podemos acudir a cualquier estadística judicial para comprobar que no es práctica habitual acordar prisión cautelar en casos de atentados a agentes de la autoridad». El propio letrado expuso que la pena por el delito cometido podría alcanzar hasta cuatro años de prisión, «pero esta sería la pena máxima y el mínimo es de 12 meses, por lo que supera el límite de los dos años que prevé la ley, pero entendemos que no es una pena elevada que justifique per se una medida tan gravosa».

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