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Soraya Pérez
Oviedo
Viernes, 2 de febrero 2024, 17:10
Después de cinco largos días de testimonios y declaraciones, el juicio a los cuatro acusados por el fallecimiento de Ana R. el pasado 3 de julio de 2020, mientras realizaba un descenso en el río Cares, ha llegado a su fin. Este viernes, tanto ... la acusación como la defensa han expuesto en el juzgado de lo penal número 3 de Oviedo, sus conclusiones definitivas sobre lo ocurrido aquel verano en el que un fatal accidente acabó con la vida de la niña madrileña de 14 años que pasaba sus vacaciones en el Campamento Castillo de Layos de Comillas.
La Fiscalía ha decidido mantener la petición de cuatro años de cárcel para el cántabro propietario de la empresa de turismo activo, Canoe Adventure Trophy, que ejecutó el descenso, pero reduce a dos años la acusación para los tres monitores que participaban en la actividad. El Ministerio Público considera que el responsable del campamento Castillo de Layos al que acudió la menor, no tiene responsabilidad en el accidente y le mantiene excluido de condena
Un último testigo se ha sumado a las declaraciones antes de que las partes dictaran sus respectivas conclusiones. Se trata de Félix Sánchez Fernández, un vecino de la zona, que el día del accidente presenció lo que ocurría. «Nací a dos metros del río y lo conozco como la palma de mi mano. Escuché un helicóptero sobrevolar la zona sobre las 19 horas y sabía que algo había pasado. Luego me acerqué y me di cuenta de que algo sobresalía del agua, en este caso era la pierna de la niña, y pese al esfuerzo de quienes estaban allí por rescatarla, era imposible porque la corriente era muy fuerte y se los llevaba», señaló Sánchez y agregó que «la zona donde murió Ana es muy peligrosa, lo sabemos quienes conocemos ese río», zanjó.
La acusación particular, mediante el abogado de la familia de la víctima, mantiene su petición de imputar a los cuatro acusados con cuatro años de prisión y aseguran rotundamente que el responsable del campamento Castillo de Layos, Pelayo G., también debe ir a prisión con una condena de 3 años.
«Pelayo G. tuvo responsabilidad en el fatal desenlace, no entendemos por qué la Fiscalia considera que no es así. El responsable del campamento no debe salir ileso de esta situación. Los padres de Ana hicieron un contrato con el campamento, no con la empresa de turismo activo» dijo el abogado de la familia.
El abogado del acusado Jesús M. pide ante la jueza que la sentencia sea sólo 'por imprudencia menos grave' y considera que para el propietario de la empresa Canoe Adventure Trophy sería suficiente cumplir con 6 meses de multa por importe de 10 euros diarios (1800 euros).
«En cuanto a la capacitación de Jesús M., debemos hacer énfasis en que aunque poseía una titulación general de piragüismo obtenido en el año 2003, en ese momento, esa era la titulación que obtenían todos los que querían trabajar en aguas bravas, si posteriormente la titulación distingue piragüismo de aguas bravas, no es responsabilidad de Jesús», aclaró el abogado del primer acusado y puntualizó: «Reconocemos que la empresa tuvo irregularidades administrativas en cuanto a que tenía a dos de los monitores sin dar de alta en la Seguridad Social, pero es una empresa legalmente constituida».
La defensa del monitor Borja B., pide que se absuelva al acusado de ir a prisión y una condena de tres meses de multa por imprudencia menos grave y la defensa de Alfredo G. y Gustavo S. piden ante la jueza Maria Paz González, de 3 a 6 meses de multa por imprudencia menos grave de 6 euros diarios (de 540 euros a 1080 euros).
«Queremos reconocer que ha habido una imprudencia el día del accidente, en cuanto a Borja tenemos que decir que él creía que estaba contratado. En ningún momento el tenía conocimiento de que no lo estaba. Y esto, evidentemente, no es su culpa. Y aunque no tenía titulación, él había bajado el río Cares en numerosas ocasiones» dijo la abogada de Borja Berdial.
En la misma línea, el abogado de Gustavo S. y Alfredo G., se dirigió a los padres de Ana y les transmitió sus condolencias y señaló que «no toda conducta que resulte lesiva es imprudente. Son riesgos típicos de una actividad como es el canoa rafting que incluyen, de manera inherente, el vuelco de canoas», precisó el letrado.
En tanto, la Fiscalía exige cuatro años de prisión para Jesús M., propietario de la empresa de turismo activo, y disminuye a la mitad, a dos años, la condena a los otros tres acusados, monitores de la actividad. El Ministerio Fiscal mantiene fuera de responsabilidad al dueño del Campamento Castillo de Layos. En sus conclusiones recoge que el propietario de la empresa de turismo activo es el mayor responsable del accidente ocurrido el pasado 3 de julio de 2020, por ser quien «decidió unilateralmente cambiar la actividad de rafting por rafting de canoas, aún cuando los niños no sabían que se realizaría esa actividad y no tenían experiencia», dijo la fiscal y agregó «ese día el mismo intermediario Joaquín G., le aconsejó que el rafting de canoas era una actividad inapropiada para 20 menores, y aún así Jesús M. desatendió el consejo y decidió hacerlo».
Asimismo la fiscal aseguró que no hay constancia alguna de «instrucciones de seguridad en caso de accidente ni que la empresa tuviese medios suficientes para auxiliar a ninguna víctima. Es un río de aguas bravas sin lugar a dudas y por lo tanto, lo ocurrido aquí ha sido una negligencia», comentó la fiscal.
Además, destacó que «todos los expertos consultados coinciden en que ese descenso del río Cares no es apto para menores y el dueño de la empresa de turismo activo lo sabía. Es un río cambiante minuto a minuto según confirman los dos peritos».
La Fiscal considera que «hubo una imprudencia grave porque hubo una ausencia absoluta de cautela y una actuación temeraria totalmente irresponsable», concluye.
La abogada del responsable del Campamento, Pelayo G., y aunque la Fiscalía insiste en no implicar a este quinto acusado, quiso aclarar que «la familia de la niña sí tenía información de que se realizarían actividades en aguas bravas, está expresamente contemplado en el contrato y, a su vez, la familia autorizó el desarrollo de dichas actividades», dijo la letrada y agregó: «Los padres y el campamento mantuvieron en todo momento una comunicación fluida, no se omitió ninguna información», concluyó la defensa del responsable del campamento.
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