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Los causantes de la muerte del joven Bret Elorza en un brutal accidente de tráfico en la calle Castelar de Santander (en febrero de 2023) ya tienen condenas, aunque son recurribles. La Audiencia Provincial de Cantabria ha impuesto a Bryan Barroso Caso (autor material) ... cinco años de cárcel por dos delitos contra la seguridad vial con el agravante de reincidencia y en concurso con un delito de homicidio imprudente. También se le priva del carné de conducir coches y motos durante 10 años. La sección tercera de la Audiencia, además, ha declarado a Adrián Bedia Trueba (cooperador necesario) responsable de varios delitos contra la seguridad vial en concurso con un delito de homicidio imprudente, por lo que recibe un castigo de cuatro años de prisión y la privación del derecho a conducir vehículos durante ocho años. Ambos tendrán que indemnizar a la familia del chico de 19 años que murió con una cantidad cercana a los 350.000 euros.
La pena del primero está muy lejos de lo solicitado por la Fiscalía, que había pedido 14 años de cárcel para Barroso en un principio. Para Bedia había reclamado cuatro y medio. También la familia del joven había demandado penas similares a estas. Las condenas, que se conocieron este martes, no son firmes. Contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en el plazo de 10 días. El principal procesado tendrá que pagar, además, una multa de casi 6.000 euros y el segundo involucrado en el accidente algo más de 4.000 euros.
El pasado mes de mayo, los dos acusados fueron declarados culpables de homicidio imprudente por el atropello mortal por un jurado cuyos integrantes los descartaron como autores de un delito de homicidio con dolo eventual (el que se produce cuando alguien es consciente de los daños que puede provocar una conducta y aun así insiste en esa acción).
Este punto generó controversia, ya que hubo juristas que señalaron al hacerse público el veredicto que se estaba dando una «contradicción palmaria». Ese desajuste jurídico estaría en el hecho de que los jueces legos consideraron probado que los dos acusados cometieron un homicidio doloso, pero luego les declararon oficialmente culpables de homicidio imprudente, lo que conlleva penas más reducidas.
Para los jurados quedó probado durante el juicio que a las 22.00 horas del 3 de febrero de 2023, Bryan Barroso -conductor de un Audi A4 negro- se encontró en un semáforo frente a la estación de ferry con Adrián Bedia, que iba al volante de un Volkswagen Golf de color rojo. Entre ambos se produjo «un pique» que les llevó a atravesar parte del centro de la ciudad hacia Puertochico a una velocidad que doblaba la permitida.
En el curso de esa carrera, al salir de la rotonda de Puertochico, Barroso colisionó contra la mediana que separa los carriles en la calle Castelar, perdió el control de su vehículo e invadió el vial contrario por el que circulaba Bret Elorza en moto, que fue impactado por el Audi A4 y salió despedido de su vehículo, por lo que murió en el acto. El suceso causó una gran conmoción en Santander.
Figura en los hechos probados del caso que ambos implicados en el accidente circulaban «con evidente desprecio por la vida de los demás», lo que supone que conocían que, con su actuación, podían tener un accidente que conllevara la muerte de otros usuarios de la vía pública (peatones o conductores) y, a pesar de ello, siguieron adelante.
A la hora de dictar el fallo, se ha tenido en cuenta que Bryan Barroso tenía antecedentes penales por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, conducción sin permiso y resistencia o desobediencia a la autoridad, con sentencias en contra en 2017 y 2020. En el momento de este accidente, sin embargo, «no consta que condujera con sus facultades mermadas o disminuidas por la previa ingesta de drogas o sustancias estupefacientes».
Por este motivo, se le ha condenado por un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás con la agravante de reincidencia, en concurso con otro delito contra la seguridad vial y un delito de homicidio imprudente. Barroso se encuentra en prisión provisional desde el momento en que se produjo el accidente.
Sí consta, por el contrario, que Adrián Bedia había consumido estupefacientes la noche en cuestión, ya que dio positivo en cannabis, por lo que se puso al volante con las facultades mermadas. La sala tercera de la Audiencia le computa los mismos delitos que a Barroso, pero sin la agravante de reincidencia.
La pena impuesta a los causantes del accidente de Castelar es muy similar a la que se llevó el culpable del fallecimiento de dos jóvenes en la rotonda de Corbán en otro siniestro que impresionó a la ciudad en el verano de 2020. En esa ocasión, la Audiencia aplicó al causante cinco años y tres meses de prisión y a nueve años de retirada del carné de conducir. A aquel hombre se le imputaron dos delitos de homicidio por imprudencia, en concurso con conducción temeraria, exceso de velocidad y un tercer delito de conducción bajo los efectos de alcohol.
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