

Secciones
Servicios
Destacamos
Cuando arrancó el juicio por la decapitación de Castro hace ya dos semanas, el abogado de la defensa advirtió a los miembros del jurado ... de que a la hora de completar el «puzle» (veredicto) se encontrarían con que les iban a «faltar» algunas piezas y otras iban a estar «borrosas». Y no le faltaba razón, pero la única pieza que no han podido encajar ha sido la del asesinato.
Los nueve jueces legos (ocho mujeres y un hombre) declararon hoy culpable de un delito de homicidio, con la agravante de parentesco, a Carmen Merino por la muerte de su novio, Jesús Mari Baranda, lo que obligó a la Fiscalía y a la acusación particular a rebajar su petición de pena hasta los 15 años de cárcel, el máximo por este delito. Antes del veredicto solicitaban 25 años y prisión permanente revisable, respectivamente.
Hasta ocho horas necesitaron los miembros del jurado para decidir el futuro de Carmen Merino, en una jornada de mucha tensión, nervios, expectación e incertidumbre, después de que en la sesión anterior la defensa diese un nuevo giro de guion al introducir la posibilidad de que su patrocinada estuviese encubriendo a alguien sobre el que no se hizo mención alguna, aunque se barajaron varios nombres.
Pasadas las diez de la mañana, el presidente del tribunal, el magistrado Agustín Alonso ofreció todas las indicaciones pertinentes a los miembros del jurado para que procediesen a la deliberación y les entregó el objeto del veredicto, formado por un total de trece preguntas que contaban con el visto bueno de las partes (acusaciones y defensa). Cuatro eran las opciones que tenían sobre la mesa: la declaración de no culpabilidad, que era lo más improbable, considerar a Merino culpable de homicidio, de asesinato y de encubrimiento.
EL VEREDICTO
1.- ¿Carmen Merino convivía con Jesús Mari en el domicilio de la calle Padre Basabe de Castro en el que residían juntos? El jurado considera por unanimidad que ha quedado probado.
2.- ¿En febrero de 2019, en día no determinado, Carmen Merino causó la muerte de Jesús Mari? Cinco jurados creen que sí y cuatro que no, con lo que se ha pasado a la misma pregunta con el verbo 'participar'.
3.- ¿Carmen Merino participó en la muerte de Jesús Mari? Ocho jurados consideran que sí y uno que no, dejando en el aire la participación de alguien más.
4.- ¿Carmen Merino lo hizo con la intención de aprovecharse económicamente de los bienes y dinero de Jesús Mari, al haber sido nombrada heredera universal por este en su testamento? Por unanimidad creen que ha quedado probado.
5.- ¿Carmen Merino suministró a Jesús Mari una elevada dosis de Diazepam para acabar con su vida eliminando así cualquier posibilidad de defensa por su parte? Siete jurados consideran que no y dos que sí, con lo que se descarta el asesinato.
6.- ¿Los hechos ejecutados por Merino causaron la muerte de Jesús Mari? Ocho jurados creen que sí y uno que no, con lo que queda probado.
7.- ¿Merino y Baranda mantenían una relación de pareja sentimental y estable, conviviendo juntos desde el año 2011? Por unanimidad entienden que ha quedado probado.
9.- ¿Es culpable la acusada de matar a Jesús Mari sabiendo y conociendo lo que había? Ocho miembros del jurado consideran que sí que ha quedado probado y uno no. Entienden que no tiene ningún trastorno, según los forenses que la han examinado.
9.- ¿Deberían concederse, en su caso, a Carmen Merino los beneficios de la suspensión de la pena? Seis jurados piensan que no y tres que sí.
10.- ¿Estima el jurado que debe proponerse al Gobierno de la nación el indulto total o parcial de la pena que se le imponga? Siete jurados han entendido que no procede y dos que sí.
Al filo de las seis de la tarde, a los miembros del jurado les surgió una duda respecto a la segunda pregunta del cuestionario, en la que se les cuestionaba si la acusada «causó directamente la muerte» de su pareja. El presidente entendió que la duda había que aclararla en audiencia pública y convocó al jurado y a las partes. Entonces los jueces legos solicitaron al magistrado Alonso cambiar «causó» por «participó» en la muerte, y este no puso ningún reparo, pero antes les explicó las diferencias entre un autor de un delito y un cómplice, y les requirió para que en su justificación diferenciaran entre ambos conceptos, teniendo en cuenta que las penas aparejadas son dispares.
La respuesta a esta definición cobraba especial relevancia después de que la defensa introdujera una posible nueva versión de los hechos, al mantener que su patrocinada «no causó» la muerte de su novio pero, como cuestión subsidiaria por si el jurado no optaba por la libre absolución que él solicitaba, planteó que podría haber encubierto al verdadero asesino.
Noticias Relacionadas
Tras aclarar esta duda, el jurado se retiró para continuar con su deliberación y todo parecía indicar que la decisión se podría posponer hasta este sábado. De hecho, desde el TSJC informaron que, si no había veredicto antes, a las nueve de la noche se valoraría si los jurados continuaban deliberando a partir de esa hora, o bien se aplazaba . Pero, apenas una hora después, el jurado comunicó que ya tenía su veredicto, que fue dado a conocer sobre las nueve y veinte, ya que hubo que esperar a la llegada de la letrada de la acusación particular. Con todas las partes presentes, además de la acusada, la portavoz del jurado dio lectura al veredicto.
En primer lugar, apuntó que, por unanimidad, los nueve jurados consideran que Merino y Baranda «convivían y residían juntos» en el domicilio de la calle Basabe, Nº12, 3ºA, de Castro Urdiales». Una cuestión de trámite.
Después, llegó la pregunta sobre la que se generó la duda. ¿Causó Merino intencionadamente la muerte de Baranda? Cinco votos positivos y cuatro negativos. Al no haber los siete necesarios para que se considerara probado, se introdujo ese cambio de «causó por participó» y ahí ocho jurados frente a uno entendieron que Merino «participó como autora» en la muerte del finado (dejando en el aire la participación de alguien más), por la «intencionalidad» previa que mostró al realizar las búsquedas en internet de «si desaparece mi marido sigo cobrando la pensión» y «cuánto tarda en descomponerse un cuerpo» con su ordenador. Además tuvieron en cuenta la «reiterada compra de productos de limpieza».
En tercer lugar, el jurado consideró, por unanimidad, que Merino lo hizo con la intención de aprovecharse económicamente de los bienes y dinero de Jesús Mari, al haber sido nombrada heredera universal en el testamento de su pareja, «dados los problemas económicos, créditos y diversas deudas de ella y de sus hijos y amparados por el cambio de testamento en agosto de 2018, en el cual se le nombraba heredera universal». «Entendemos que sale sustancialmente beneficiada», concluyeron, teniendo en cuenta, además, «las constantes retiradas de dinero de la cuenta de la víctima que se produjeron después de su desaparición».
Sin embargo, el jurado ha descartado el asesinato, como planteaban las acusaciones, ya que «nadie nos ha podido demostrar la cantidad exacta de Diazepam ingerida, ni que ella lo suministrara». Es decir, que para ellos no ha quedado acreditada la alevosía. Aun así, han entendido que los hechos ejecutados por Merino causaron la muerte de su pareja, entre otros indicios, por «las huellas encontradas en las bolsas que envolvían el cráneo que entregó a su amiga Carmen Mendoza», además de que realizara la búsqueda de «cómo desatascar una motosierra» desde su ordenador el 26 de febrero, «cuando, según ella, Jesús Mari se encontraba de viaje y manifiesta que no llegó a usarla».
A la pregunta de si la acusada, que no exteriorizó ningún sentimiento tras conocer su futuro, es culpable de matar a su pareja sabiendo y conociendo lo que hacía, el jurado respondió, por mayoría, que sí, en base a la prueba pericial psiquiátrica. «No presentaba trastorno psicótico, alteración afectiva mayor, ni trastorno de personalidad. Además conserva sus facultades cognitivas y volitivas con tinte de realidad preservada». Finalmente, el jurado ha rechazado conceder los beneficios de suspensión de la pena y proponer al Gobierno de la nación el indulto total o parcial de la pena que se le imponga.
Tras el veredicto, el fiscal interesó una condena de 15 años de cárcel, el máximo que permite la ley en el delito de homicidio con la agravante de parentesco. Propuesta a la que se adhirió la acusación particular. De su lado, la defensa anunció su recurso de apelación ante el TSJC y, de forma subsidiaría, solicitaría la pena mínima de 12 años y medio por este delito. Ahora será el presidente del tribunal, el magistrado Agustín Alonso, el que tendrá que fijar la condena en función de la decisión del jurado.
.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Rescatados ilesos dos montañeros tras pasar la noche a la intemperie en Gredos
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.