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El próximo mes de septiembre se cumplirán tres años desde que se destapó el macabro crimen de la decapitación de Jesús Mari Baranda en Castro ... Urdiales, el mismo tiempo que lleva en prisión provisional la acusada y novia del jubilado vizcaíno Carmen Merino, y aún no se ha señalado el juicio.
Uno nuevo recurso presentado por la defensa, al que ya se ha opuesto el fiscal, retrasará aún más la vista oral con tribunal del jurado. En esta ocasión, el letrado de Merino, para la que la Fiscalía pide 25 años de cárcel, ha recurrido en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJC el último auto del presidente del tribunal del jurado, Agustín Alonso, en el que fue desestimada la impugnación del informe de la Guardia Civil, en el que los agentes concluyen que Merino es la única responsable de la muerte de su novio, que pudo cometer por un móvil económico.
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En dicho auto, de 3 de junio, el presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial señaló que «los citados informes no son otra cosa que resúmenes de lo investigado, con ordenación de las distintas diligencias de investigación policial llevadas a cabo, sistematización e interrelación, listando las mismas y explicándolas en lenguaje claro y comprensivo». Además, el magistrado recordaba que los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado «tienen el deber de actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones y, en consecuencia, no es posible predicar de estos interés personal y directo en ningún procedimiento».
Sin embargo, la defensa de Merino discrepa y apunta en su recurso de apelación que el presidente del tribunal «omite que esos informes también incluyen -como parte de un todo- algo más: las conclusiones acerca de quién, cómo, cuándo, dónde y porqué asesinaron a la víctima, suplantando así los autores del informe la función del tribunal en el plenario». En su opinión, «la Guardia Civil sustituye al órgano de enjuiciamiento y anticipa el fallo plasmando en el citado documento (según definición del fiscal) su valoración de los indicios y las conclusiones que alcanza. No es una prueba en si misma, es una valoración de las pruebas».
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